Ayudas en materia de cooperacion para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologias en el sector agricola y alimentario, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2007-2013.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S12982/13

Norma:

Resolución de 23/04/2013. Orden de 15 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria de ayudas durante el año 2013 en materia de cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías, de acuerdo con la Orden de 15 de septiembre de 2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se fijan las bases reguladoras de las citadas ayudas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Cooperación empresarial
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad jurídica y que se constituyan
para llevar a cabo un proyecto de cooperación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de los proyectos de cooperación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que contribuyan a conseguir el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías de productos si:

a) Afectan a la transformación de productos agrícolas del Anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca.

Asimismo, también si afectan a la transformación de productos no incluidos en el Anexo I del Tratado, siempre que en su elaboración se haya partido de productos del citado Anexo.

b) No se han iniciado los trabajos con anterioridad a la presentación de una solicitud de ayuda al amparo de la Orden de 15 de septiembre de 2010, de la Consejería de Agricultura, ni antes de que se haya levantado, en su caso, el correspondiente acta de no inicio por el Servicio Periférico de la Consejería de Agricultura en la provincia donde se vaya a llevar a cabo el proyecto de cooperación. No podrán ser objeto de subvención actividades ya realizadas
cuya realización se hubiese iniciado antes de la fecha de presentación de la solicitud, con excepción de los gastos realizados exclusivamente a título de acopio de máquinas, aparatos o materiales de construcción, siempre que el montaje, instalación o incorporación “in situ” no hayan tenido lugar antes del levantamiento del acta de no inicio, así como los correspondientes a honorarios técnicos, estudios de viabilidad y adquisición de patentes.

c) Se dispone del terreno en aquellos casos de construcción de nuevas superficies cubiertas, ampliación de las existentes y otras inversiones en las que sea necesaria la ocupación del suelo.

Requisitos:

a) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones con la Administración Regional.

c) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales así como no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

d) En el caso de los productores primarios o industrias de transformación de productos agrícolas:

d.1) Tener al menos un establecimiento, a través del que se participe en el proyecto situado en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y, si se trata de una explotación agraria, que parte de la misma esté situada igualmente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d.2) Realizar la actividad objeto de la ayuda en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 24/09/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 186
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/04/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 83
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento