Ayudas en materia de Formación Profesional Ocupacional.
Código de ayuda:
S00646/03Norma:
Orden de 18 de junio de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/08/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
El desarrollo de proyectos innovadores que faciliten la integración de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Formación Profesional Ocupacional.Categorías Subvención
- Formación
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta el 100% del presupuesto aprobado para el desarrollo y ejecución de la actividad objeto de ayuda.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que estén radicadas y desarrollen su actividad en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Andalucía.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Elaboración de materiales y contenidos de formación profesional ocupacional, para su uso y difusión a través de internet.b) Realización de acciones formativas, a través de metodologías innovadoras de tipo semipresencial y a distancia.
Además, se considerarán gastos subvencionables:
1. Gastos del personal necesario para el desarrollo de la actividad subvencionable, como los gastos del profesorado, de personal técnico y personal de coordinación y dirección de los proyectos, etc.
2. Gastos de medios y materiales didácticos, así como materiales de trabajo fungibles necesarios para el desarrollo de las actividades.
3. Gastos de amortización de instalaciones y equipos y/o alquileres de los mismos sin que en ningún caso la suma de ambos conceptos pueda superar el 20% del coste total de la subvención.
4. Otros gastos de funcionamiento tales como costes de suministros, coste de seguro de alumnos y costes de servicios necesarios para el desarrollo de la actividad.
Requisitos:
Diversa documentación.La concesión de ayuda estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, pudiéndose adquirircompromisos de carácter plurianual.
Documentos asociados
Boletín:
08/07/2003
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 129
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 129
Documento: Convocatoria Descargar Documento