Ayudas en especie para servicios de consultoría en África en el marco de la estrategia de internacionalización de la economía canaria.

Código de ayuda:

S09737/23

Norma:

ORDEN de 8 de febrero de 2023.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Constituye el objeto de estas bases el establecimiento de los términos y condiciones que regirán las convocatorias de la concesión de ayudas en especie para servicios de consultoría en África en el marco de la estrategia de internacionalización de la economía canaria. Las ayudas consisten en la entrega o prestación gratuita a las entidades beneficiarias que se indican en la base cuarta, de servicios de consultoría.

Se entenderá que una operación o proyecto de asistencia técnica o consultoría es de interés especial para la estrategia de internacionalización de Canarias, cuando promuevan la proyección de las empresas canarias fuera de nuestras fronteras en general y, particularmente, de las pequeñas y medianas empresas canarias (PYMES).

2. Las ayudas que se concedan tendrán por finalidad la entrega o prestación gratuita de servicios de consultoría en África de conformidad con lo establecido en la base quinta.

Por tanto, el abono de la subvención no supone ningún desembolso pecuniario a favor de la entidad beneficiaria, sino el otorgamiento de los servicios subvencionados, previamente contratados por la Dirección General de Asuntos Económicos con África con la intención de otorgarlos a las entidades beneficiarias de la convocatoria que en su caso corresponda.

3. La adquisición de los servicios que constituyen la ayuda concedida se realiza por la Dirección General de Asuntos Económicos con África, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso, el valor estimado del precio de cada proyecto de asistencia técnica será superior a 14.300,00 euros, IGIC no incluido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Entidades públicas africanas entendiendo como tales a las administraciones públicas e instituciones públicas africanas y que tengan competencia en alguno de los sectores establecidos en la base quinta.

Se entenderá que una operación o proyecto de asistencia técnica o consultoría es de interés especial para la estrategia de internacionalización de Canarias, cuando promuevan la proyección de las empresas canarias fuera de nuestras fronteras en general y, particularmente, de las pequeñas y medianas empresas canarias (PYMES).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para ser considerados susceptibles de ayuda los proyectos de servicios de consultoría presentados deben reunir los siguientes requisitos:

a) Las asistencias técnicas de consultoría se centrarán en aquellos países africanos que se determinen en cada convocatoria y que constituyan un importante mercado potencial de negocio para empresas canarias del sector.

b) Los sectores de especial interés por su capacidad de creación de cadenas de valor de la empresa canaria en el exterior, abriendo nuevas oportunidades, apoyando la imagen de Canarias como centro exportador de conocimiento y generando efecto arrastre para otras empresas canarias, son los siguientes:

- Infraestructuras.

- Ordenación del territorio.

- Turismo.

- Ingeniería y servicios profesionales (ingeniería, arquitectura, energías renovables y tratamiento de agua, tratamiento de residuos).

- Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC).

- Sector primario, industria y comercio.

- Salud y formación.

- Marino-marítimo.

- Transporte y logística.

- Cualquier otro que sea de interés prioritario para los socios del proyecto, en los que Canarias dispone de un Know-How altamente especializado, y que generen oportunidades para las empresas canarias.

c) La asistencia técnica de consultoría deberá estar enmarcada en las estrategias de desarrollo sectorial y empresarial del país, de la región o del municipio que lo proponga.

Se establece un máximo de cuatro servicios de consultoría por país, adjudicándose por orden de puntuación. En el caso de llegar al máximo por país, no tener solicitudes de otros países y existir disponibilidad presupuestaria se podrán adjudicar más de cuatro servicios de consultoría siguiendo el orden de puntuación obtenido.

d) El servicio tendrá que ser novedoso y no solaparse con otras asistencias/estudios realizados y responder a una necesidad real.

e) La asistencia técnica de consultoría deberá facilitar la promoción y consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Requisitos:

1. Para poder concurrir al procedimiento de concesión de las ayudas en especie las entidades solicitantes deberán ser entidades públicas africanas entendiendo como tales a las administraciones públicas e instituciones públicas africanas y que tengan competencia en alguno de los sectores establecidos en la base quinta.

2. Las entidades solicitantes deberán presentar la siguiente documentación para acreditar su condición de entidad beneficiaria.

- Modelo de solicitud oficial que se inserte como anexo en cada convocatoria.

- Memoria relativa al proyecto de consultoría de conformidad con el formato que se inserte como anexo en cada convocatoria.

- Declaración responsable de conformidad con el formato que se inserte como anexo en cada convocatoria.

- Documento de identidad y poderes de la persona que firma la solicitud en nombre de la entidad publica africana.

- Carta de interés en que se desarrolle la asistencia técnica, la cual deberá estar enmarcada en las estrategias de desarrollo sectorial y empresarial del país, de la región o del municipio que lo proponga, debiendo aportar toda la información relativa a dicha estrategia, incluido el marco presupuestario para su posterior desarrollo, si lo hubiera.

- Declaración responsable donde acredite ser una entidad pública africana.

- Documento que acredite tener competencia en alguno de los sectores establecidos en la base 5.2.

- Declaración responsable de residencia fiscal en el país de residencia.

3. Se concederá una ayuda en especie por entidad pública africana. En el caso de que no se hayan presentado solicitudes de otras entidades públicas africanas y exista disponibilidad presupuestaria se podrán adjudicar hasta dos ayudas por entidad.

4. Las entidades beneficiarias no podrán encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en los artículos 13 de la Ley General de Subvenciones, y 4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

5. Las entidades beneficiarias tendrán que estar dadas de alta en el SEFLOGIC como beneficiaria de la ayuda en especie en el momento de hacer el pago a la empresa que resulte adjudicataria de la asistencia.

Documentos asociados

Boletín: 17/02/2023
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 34
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento