Ayudas en especie destinadas a la catalogación, digitalización y conservación del patrimonio cultural vasco para su difusión a través del portal digital de la cultura vasca, Euskariana, y se efectúa la correspondiente convocatoria para la presentación de proyectos en el año 2023.
Código de ayuda:
S27237/23Norma:
ORDEN de 30 de mayo de 2023.Plazo de Solicitud:
Hasta el 5 de julio de 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Orden el establecer las bases por las que se regulan las ayudas en especie destinadas a la catalogación, digitalización y conservación del patrimonio cultural vasco para su difusión a través del portal digital de la cultura vasca, Euskariana, así como efectuar la correspondiente convocatoria para la presentación en el año 2023 de proyectos de digitalización o de catalogación y digitalización de dicho patrimonio cultural.La finalidad de la presente convocatoria es la conservación y difusión de elementos integrantes del patrimonio cultural vasco mediante la concesión de subvenciones en especie destinadas a la digitalización o a la catalogación y digitalización de recursos, previa valoración, aprobación y ejecución de los proyectos presentados a dicho efecto por las personas o entidades interesadas.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Inversiones Materiales y Equipos
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El presupuesto estimado máximo de cada uno de los proyectos no podrá superar la cantidad de 20.000 (veinte mil) euros (con IVA).a) Digitalización: 2.500 (dos mil quinientos) euros (con IVA).
b) Catalogación y digitalización: 5.000 (cinco mil) euros (con IVA)
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán susceptibles de ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en la presente Orden las personas físicas y las entidades y organizaciones públicas o privadas que, independientemente de la ubicación geográfica tanto de su domicilio social como fiscal, sean titulares de elementos integrantes del patrimonio cultural vasco.Documentos asociados
Boletín:
05/06/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 105
Documento: Bases, Convocatoria 2023, y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 105
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