Ayudas en el ámbito de las actividades de ocio nocturno, afectadas económicamente por las medidas de cierre decretadas para paliar los efectos de la COVID-19.

Código de ayuda:

S67337/22

Norma:

Resolución de 2 de diciembre de 2022. Resolución de 13 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Desde el 14 de diciembre a las 9,00 horas hasta el 23 de diciembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es la regulación de la concesión de ayudas en el ámbito de las actividades de ocio
nocturno, con el fin de reactivar e impulsar estas actividades, ante los cuantiosos daños y la reducción drástica e involuntaria de actividad económica de este tejido empresarial catalán durante los meses de paro total debido a la pandemia de la Covid-19, ante las medidas tomadas desde la publicación de la Resolución
SLT/2073/2020, de 17 de agosto, a la publicación de la Resolución SLT/3787/2021, de 23 de diciembre.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Otras
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser personas beneficiarias de estas subvenciones:

Los profesionales autónomos y pymes titulares de un establecimiento de ocio nocturno, dadas de alta en el
censo del impuesto de actividades económicas, que han sido obligadas al cierre de sus espacios cerrados en base a las medidas tomadas desde la publicación de la Resolución SLT/2073/2020, de 17 de agosto, a la
publicación de la Resolución SLT/3787/2021, de 23 de diciembre, que obligó al sector del ocio nocturno a
suspender su actividad.

A efectos de estas bases se entienden como establecimientos dedicados al ocio nocturno, los locales y los
establecimientos con licencia o que hayan presentado la comunicación previa como discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes y discotecas de juventud.

Documentos asociados

Boletín: 09/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8809
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 13/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8811
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 13/12/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8811
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento