Ayudas en el ámbito de la sociedad de la información para la creación de un ecosistema digital en el sector audiovisual.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S46264/22

Norma:

Orden ETD/677/2022, de 14 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 12:00 horas del 19 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar el desarrollo, por parte de entidades locales, de proyectos destinados a reforzar las infraestructuras del ecosistema digital en el sector audiovisual facilitando la creación, distribución y manejo de la información y la tecnología más avanzada por las pymes del sector audiovisual, y apoyando la creación o mejora de espacios para la innovación dotados con tecnología avanzada que permitirán que las pymes del sector audiovisual puedan superar sus barreras digitales y emprender sus proyectos, de forma que, al menos 20 pymes del sector audiovisual puedan beneficiarse de estos proyectos hasta el 31 de diciembre de 2023.

El apoyo a las pymes se materializará, por las entidades locales, bien mediante explotación directa del espacio destinado a estos ecosistemas o bien mediante la oportuna convocatoria de concesión entre empresas interesadas que asuman el compromiso de apertura en el servicio a todas las pymes del sector.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión máxima a realizar en cada actuación o sub-proyecto, incluyendo la eventual aportación del beneficiario, será de diez millones de euros (10.000.000 €).

La inversión mínima a realizar en cada actuación o sub-proyecto, incluyendo la eventual aportación del beneficiario, será de cinco millones de euros (5.000.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden las siguientes entidades locales, siempre que su población, según los datos del último padrón publicado por el Instituto Nacional de Estadística, no sea inferior a 100.000 habitantes:

a) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares.

b) Las comarcas o mancomunidades, consorcios u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

c) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre.

En los supuestos b) y c), el umbral 100.000 habitantes se aplicará a la suma de las poblaciones de los integrantes de la agrupación supramunicipal.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 21/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 174
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento