Ayudas en concurrencia competitiva para proyectos de cooperación cultural en el medio rural.

Código de ayuda:

S15300/25

Norma:

Resolución de 29 de mayo de 2025. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de julio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas tienen como finalidad la realización de proyectos de cooperación cultural en zonas rurales, que favorezcan la innovación colaborativa y la creación de alianzas, y supongan una contribución relevante y significativa al desarrollo del ecosistema cultural territorial, facilitando asimismo la participación ciudadana.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía total máxima 680.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las ayudas objeto de esta convocatoria están dirigidas a personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, que se comprometan llevar a cabo los proyectos y actividades de
manera colaborativa, actuando en agrupación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos.

Requisitos:

Se podrá solicitar ayudas dentro de esta convocatoria para proyectos culturales
que reúnan los siguientes requisitos:

- Ser realizados de manera colaborativa por empresas y/o entidades sin ánimo de lucro, así como por personas físicas que ejerzan una actividad profesional y estén inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procedentes de al menos tres comunidades autónomas diferentes. Para valorar la
procedencia se tomará en consideración la sede social de cada una de las
entidades.

- Ser realizados en el medio rural, entendiendo por tal:

Los municipios que posean una población inferior a 30.000 habitantes y una densidad inferior a los 100 habitantes por km2, según la establecido en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. En todo caso, los municipios de población inferior a los 5.000 habitantes, con independencia de su densidad poblacional.

- Podrán concurrir entidades que no tengan su sede en el medio rural así definido siempre que el proyecto se desarrolle en municipios comprendidos en el apartado anterior.

- Cumplir todas o algunas de las finalidades establecidas en el artículo 1 de la Resolución por la que se convocan las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/06/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento