Ayudas en aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos no productivos de acciones de formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollen sus actividades en ámbitos cubiertos por Estrategia de Desarrollo Local de cada Grupo de Acción Local.
Código de ayuda:
S01855/26Norma:
Resolución de 7 de enero de 2026. DECRETO 78/2024, de 23 de julio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayuda a proyectos no productivos de acciones de Formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollen sus actividades en ámbitos cubiertos por Estrategia de Desarrollo Local de cada Grupo de Acción Local.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
ExtremaduraConvoca:
Federación para el Desarrollo de Sierra Grande-Tierra de Barros (FEDESIBA) (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A) Formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollen sus actividades en ámbitos cubiertos por la estrategia de desarrollo local participativo de cada grupo de acción local (EDLP): la ayuda pública total máxima será de un 100% de la inversión auxiliable para entidades locales y de un 90% para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, hasta un máximo de 35.000,00€B) Servicios básicos para la economía y la población rural: la ayuda pública total máxima será de un 100% de la inversión auxiliable para entidades locales y de un 90% para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, hasta un máximo de 35.000,00€
C) Mantenimiento, recuperación y rehabilitación del patrimonio rural: la ayuda pública total máxima será de un 100% de la inversión auxiliable para entidades locales, hasta un máximo de 35.000,00€
D) Apoyo a la innovación social, la gobernanza multinivel y la dinamización social y económica: la ayuda pública total máxima será de un 100% de la inversión auxiliable para entidades locales y de un 90% para asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, hasta un máximo de 35.000,00€
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Asociaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, las entidades locales y mancomunidades de municipios y los Grupos de Acción Local.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Obra civil e instalaciones:a) Traídas y acometidas de los servicios necesarios para la actividad, siempre que queden en propiedad de la empresa titular del proyecto, y permanezcan en propiedad de la misma transcurridos 5 años a partir de pago final de la ayuda. Estas inversiones no podrán ser objeto de cesión a Ayuntamientos, empresas de suministros de agua, telefonía o energía durante el plazo establecido.
b) Urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, ejecutada sobre terrenos propiedad de la persona destinataria final y que no sean objeto de cesión.
c) Obra civil e instalaciones (eléctrica, contra incendios, etc.) acordes con las necesidades del proyecto.
2. Maquinaria y equipamiento:
a) Bienes de equipo en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos de transporte interno, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente, mobiliario y enseres, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
b) Los elementos de transporte interno serán subvencionables siempre que se destinen únicamente al fin para el que se proponen, reúnan las características que impidan su uso para otro fin y sea un elemento imprescindible para el desarrollo de la actividad.
3. Otras inversiones y gastos:
a) Los gastos en inmovilizado inmaterial, tales como compra de patentes, aplicaciones informática, licencias de explotación o derechos de traspaso de negocio, hasta un máximo del 12% del importe total de los gastos subvencionables de la operación, salvo en el caso de aplicaciones y elementos informáticos que supongan una inversión inherente al objeto de la actividad empresarial.
b) Los gastos de honorarios de redacción de proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud, estudios de viabilidad, asesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la ejecución de la misma, hasta un máximo del 20% del importe total de los gastos subvencionables de la operación.
c) Los gastos de redacción del proyecto técnico, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias podrán ser previos a la solicitud de ayuda, siempre que se hayan producido dentro de los seis meses anteriores ala fecha del acta de no inicio.
d) En los proyectos de obra civil ejecutada por contrata, los Gastos Generales y Beneficio Industrial asociados a los presupuestos de ejecución material serán elegibles hasta un máximo del 17% y 6% respectivamente.
e) Actividades de promoción de carácter genérico.
f) Los gastos subvencionables de la acción relativa a formación e información de los agentes económicos y sociales que desarrollen sus actividades en ámbitos cubiertos por la estrategia de desarrollo local participativo de cada grupo de acción local (EDLP) serán los incluidos en el punto 4 del artículo 12 del Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del PEPAC 2023-2027, publicado en el DOE nº 146, de 29 julio.
Documentos asociados
Boletín:
29/07/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 146
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
23/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
23/01/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
