Ayudas economicas por la organizacion de cursos de formacion al profesorado de niveles no universitarios de la Region de Murcia por Asociaciones e Instituciones sin fin de lucro, Organizaciones Sindicales que tengan suscrito convenio de colaboracion con la Consejeria de Educacion, Formacion y Empleo, asi como por Fundaciones Dependientes de estas Organizaciones Sindicales.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S28455/11

Norma:

Orden de 9 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras que regirán el Programa de ayudas por la organización de cursos de formación del profesorado no universitario de la Región de Murcia, por asociaciones e instituciones sin fin de lucro y organizaciones sindicales que tengan suscrito convenio de colaboración con la Consejería competente en materia de Educación, así como por fundaciones dependientes de estas organizaciones sindicales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

a) Las asociaciones e instituciones relacionadas con la educación y sin ánimo de lucro que, según el capítulo III, artículos 7 a 9, de la Orden de 13 de junio de 2005, hubieran suscrito Convenio de Colaboración con la Consejería competente en materia de Educación, para la formación permanente del Profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario, con vigencia en el periodo que determine la convocatoria.

b) Las organizaciones sindicales representativas en la Junta de Personal Docente que, según la normativa citada en el párrafo anterior, hubieran suscrito Convenio de Colaboración con la Consejería competente en materia de Educación, para la formación permanente del Profesorado que imparte docencia en niveles
educativos anteriores al universitario, con vigencia en el periodo que determine la convocatoria.

c) Fundaciones dependientes de las organizaciones sindicales citadas en el párrafo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser subvencionadas, no solo actividades formativas desarrolladas o por desarrollar en el año correspondiente a la publicación des la convocatoria, sino también actividades formativas que hayan sido
realizadas en el año natural inmediatamente anterior al de la publicación de la convocatoria.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, en los términos recogidos en el artículo 18.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, en los términos recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 17/05/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 111
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento