Ayudas economicas para obras de reparacion en las sedes sociales de las Asociaciones de Vecinos de Logroño.

Código de ayuda:

S71782/07

Norma:

Ayuntamiento de Logroño.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La reparación de locales sociales de las AA.VV. a través de pequeñas obras de reforma. Todo ello con la finalidad última de fomentar la participación de los ciudadanos en la vida local, favoreciendo el desarrollo de las Asociaciones de Vecino.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Ayuntamiento de Logroño (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones las Asociaciones de Vecinos, que figuren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, con las siguientes excepciones:

- Quedan expresamente excluidos de la presente convocatoria aquellos solicitantes que ya hayan recibido subvención del Ayuntamiento de Logroño para obras durante 2007.
- Asimismo, quedan excluidas aquellas asociaciones de vecinos que no se hayan constituido como tales antes del 1 de enero de 2005 y hayan justificado y desarrollado actividades con posterioridad a esta fecha.
- También, es requisito indispensable haber adaptado los Estatutos de la Asociación a la Ley del Derecho de Asociación de 22 de marzo de 2002.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Obras de reparación en las sedes de las asociaciones de vecinos. El importe máximo de la subvención será de 1.500 euros por asociación.

Requisitos:

Las Entidades que acepten la subvención se obligan a:

1.- Emplear las ayudas en aquellos conceptos y cuantías que sean expresamente aprobados, así como a gastarlas dentro del año 2007.

2.- Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas y/o por el Ayuntamiento de Logroño, así como a justificar antes del 31 de enero de 2008, ante el Ayuntamiento de Logroño, la correcta inversión de la subvención otorgada, a través de la siguiente documentación:

a) Relación de ingresos y gastos de las obras.
b) Originales de facturas de gastos o fotocopias compulsadas.
c) Relación de subvenciones concedidas para el mismo fin por otras administraciones públicas.

3.- Vencido el plazo de justificación, sin haber aportado los documentos que correspondan según el caso, el Ayuntamiento de Logroño podrá requerir para que en plazo de diez días los aporten, comunicando que transcurrido el mismo sin ser atendido el requerimiento, se entenderá por incumplida la obligación de justificar, con las consecuencias que prevé la legislación vigente.

4.- Devolver el importe total o parcial de la subvención recibida, caso de no haberse empleado para el objeto concedido o no haberse empleado en su totalidad.

Documentos asociados

Boletín: 29/11/2007
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 158
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento