Ayudas economicas para la organizacion de cursos de formacion del profesorado durante el año 2008 por Organizaciones Sindicales y Asociaciones e Instituciones sin animo de lucro, que tengan suscrito Convenio de Colaboracion para la formacion permanente del profesorado con la Consejeria de Educacion, Ciencia e Investigacion.

Código de ayuda:

S35946/08

Norma:

Orden de 29 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas económicas para la organización de cursos de formación del profesorado durante el año 2008, por las organizaciones sindicales, asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan suscrito convenio de colaboración para la formación permanente del profesorado con la Consejería de Educación, Ciencia e Investigación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones sindicales e instituciones sin ánimo de lucro que, según el capítulo III, artículos 7 a 9, de la citada Orden de 13 de junio, hubieran suscrito Convenio de Colaboración con la Consejería
de Educación, Ciencia e Investigación para la formación permanente del Profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario, con vigencia durante el año 2008.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado, en los términos
recogidos en el artículo 18. 1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, en los términos
recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refi ere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La acreditaciónde este requisito se realizará mediante la presentación de declaración responsable que aparece recogida en el anexo IV.

Documentos asociados

Boletín: 15/05/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 112
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento