Ayudas económicas para la organización de actividades de formación del profesorado en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007, por agentes sociales y asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro, que tienen suscrito convenio de colaboración para la formación permanente del profesorado, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.

Código de ayuda:

S34055/06

Norma:

ORDEN de 31 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva ayudas económicas a instituciones sin ánimo de lucro, asociaciones sindicales y otras organizaciones, para la realización de actividades de formación permanente durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007 dirigidas al profesorado que imparte docencia en niveles educativos anteriores al universitario. Esta convocatoria, en
atención a su especificidad, incluye las bases reguladoras de las ayudas, con arreglo a los artículos 17 y 23.2.a) de la Ley 38/ 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Movimientos de Renovación Pedagógica.
b) Asociaciones de profesorado.
c) Organizaciones Sindicales representativas del Profesorado.
d) Cualquier otra entidad sin ánimo de lucro en cuyos estatutos se recoja, de forma expresa y clara, la formación del profesorado entre sus objetivos o finalidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se aplicarán a los gastos ocasionados por la realización de actividades de formación permanente que cada entidad realice al amparo de esta Orden. Estas ayudas no incluirán ni inversiones en infraestructura, en equipamiento (informático, audiovisual, etc.), ni gastos generales de funcionamiento
de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los conceptos de gastos inherentes a la propia realización de las actividades.

Podrán ser objeto de ayuda a través de esta convocatoria aquellas actividades incluidas en el plan de formación de la entidad para el curso escolar, hasta un máximo de 15, de las cuales no más de 2 se podrán realizar por procedimientos a distancia, que reúnan los requisitos.

Requisitos:

Requisitos de las entidades solicitantes:

a) Tener su sede social en la Comunidad Autónoma de Aragón o, en su defecto, disponer de delegación u oficinas operativas estables en el ámbito geográfico de esta Comunidad Autónoma.
b) Tener suscrito Convenio de colaboración con el Departamento de Educación, Cultura y Deporte para la formación permanente del profesorado en el momento de la presentación de la solicitud.
c) Haber renovado o estar en trámite de renovación del mencionado Convenio, mediante Addenda, donde se especifica el Plan de Formación para el periodo que marca la presente Orden.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y pagos a la Seguridad Social.
e) En su caso, haber justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
f) No haber sido objeto de una resolución administrativa o judicial firme de reintegro, o en su caso haber acreditado su ingreso, aplazamiento o fraccionamiento de la deuda correspondiente.

Requisitos de las actividades:

a) Adaptarse a la modalidad de cursos.
b) Dirigirse al profesorado de niveles previos a la Universidad.
c) Celebrarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
d) Realizarse durante el periodo indicado.
e) Que estén directamente relacionadas con las líneas prioritarias de actuación que marca el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.
f) Que tengan un carácter complementario al Plan de Formación del Profesorado de Aragón.
g) Las actividades formativas a distancia (on line) realizadas a través de Internet, se ajustarán a la Orden de 25 de enero de 2002 del Departamento de Educación y Ciencia del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» de 8 de febrero de 2002).
h) Ajustarse en cuanto al número de participantes y a la duración según se establece en la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 18/09/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 108
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento