Ayudas económicas para la instalación de sistemas de captación de la energía solar en edificios existentes en el término municipal de Basauri.

Código de ayuda:

S49982/05

Norma:

Bases de 22 de septiembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta norma tiene por objeto favorecer la instalación de sistemas de energía solar térmica y
fotovoltaica en el municipio de Basauri, en las edificaciones existentes.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Ayuntamiento de Basauri (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido por un importe de hasta el 20% del coste subvencionable, IVA no incluido.

La cuantía máxima a financiar será de 10.000 euros por instalación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, que sean propietarias de edificaciones situadas en el término municipal
de Basauri, que vayan a instalar sistemas de captación de energía solar que cumplan los requisitos establecidos en la presente normativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son actuaciones subvencionables la instalación de sistemas de captación de energía solar térmicos y fotovoltaicos en edificios existentes.

Quedan excluidas de la presente línea de subvenciones los edificios sometidos a reforma o rehabilitación integral, o a cambio de uso de la totalidad del edificio, así como todas aquellas edificaciones en las que la instalación de sistemas de captación de energía solar sea obligatoria de acuerdo con la «Ordenanza Municipal reguladora de la capatación y aprovechamiento de la energía solar en los edificios».

Se entenderán como costes subvencionables los proyectos de obra y los materiales empleados en la instalación de sistemas de captación de energía solar, así como la obra estrictamente necesaria para la instalación de los citados sistemas.

Quedan excluidos los gastos financieros, tasas, permisos y otros gastos de gestión de similar naturaleza.

Documentos asociados

Boletín: 11/10/2005
BO Provincia de Vizcaya- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento