Ayudas economicas para la financiacion de proyectos y actuaciones para la investigacion y desarrollo de las explotaciones subterraneas de aridos e innovacion minera en la Comunidad Autonoma de Euskadi.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S49046/10

Norma:

RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2010. ORDEN de 1 de julio de 2010. RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el ejercicio 2011 de las ayudas previstas en la Orden del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera y se aprueban sus bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso el importe de las ayudas concedidas podrá superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario o de la finalidad para la que se concedió la ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas o asociaciones de empresarios legalmente constituidas que desarrollen o vayan a desarrollar actividades mineras de aprovechamiento de materias primas minerales dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán costes subvencionables:

a) Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, siempre y cuando esté exclusivamente dedicado al proyecto de investigación.

b) Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación.

c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusica a la actividad de investigación.

d) Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación.

e) Otros costes de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente de la actividad de investigación.

En el campo de la innovación minera, serán asimismo actividades subvencionables entre otras:

– Proyectos, investigación y actuaciones de innovación minera.

– Gastos derivados de la ejecución de obras, estudios, proyectos técnicos, siempre que estén relacionados con pruebas y experimentación, tanto de elementos como de maquinaria innovadora.

– Arrendamientos, sin opción de compra, de maquinaria con objeto de realizar pruebas.

– Otras actuaciones análogas a las enumeradas de innovación minera.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 153
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 154
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 15/07/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 135
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento