Ayudas economicas para la extension de la banda ancha en la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S63082/10

Norma:

ORDEN 15/2010, de 18 de noviembre. Valencia, 26 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las infraestructuras y servicios de comunicaciones electrónicas de banda ancha en las zonas de la Comunitat Valenciana insuficientemente cubiertas.

Las ayudas están dirigidas a:

A) Reducir la brecha digital entre los entornos rurales y aislados, más desfavorecidos en cuanto al acceso a los servicios de telecomunicaciones de banda ancha, y el urbano de la Comunitat Valenciana, mediante actuaciones dirigidas a promover la oferta de estos servicios a los ciudadanos de las zonas rurales y aisladas, en condiciones técnicas y económicas similares a los que se ofrecen en las zonas urbanas.

B) Impulsar el desarrollo de la banda ancha de muy alta velocidad.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad máxima de las ayudas no podrá superar el 50% del coste de todos los conceptos subvencionables ni las previsiones de déficit comercial del proyecto a largo plazo en ausencia de subvenciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador habilitado para la prestación de los servicios de acceso a la red, telefonía y acceso a Internet en España, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.

2. Podrán ser también beneficiarios las personas físicas o jurídicas que manifiesten de forma inequívoca su compromiso de adquirir la anterior condición de operador habilitado en el momento que deban prestar
los servicios de comunicaciones electrónicas en los proyectos de los que hayan resultado beneficiarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Cada proyecto susceptible de obtener ayuda estará encuadrado en una de las líneas de actuación que se describen a continuación:

Línea A: Extensión de los servicios de comunicaciones electrónicas de banda ancha.

Línea B: Impulso al desarrollo de banda ancha de muy alta velocidad.


Son subvencionables los siguientes elementos y actuaciones asociados exclusivamente al proyecto:

a) Gastos de personal.

b) Suministro e instalación de aparatos y equipos.

c) Subcontrataciones para la realización de trabajos objeto de la ayuda.

d) Material fungible permanentemente destinado al proyecto.

e) Gastos de promoción y difusión.

f) Infraestructuras y obra civil

Requisitos:

1. Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de tal condición, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Asimismo, no podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas en la presente orden los solicitantes que no se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

3. No podrán ser beneficiarias las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario legal e incompatible con el mercado común.

Documentos asociados

Boletín: 26/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6406
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 30/11/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6408
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 07/12/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6412
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento