Ayudas economicas para facilitar la adherencia a los tratamientos con productos farmaceuticos prescritos por profesionales del Sistema Nacional de Salud.

Código de ayuda:

S13737/15

Norma:

ORDEN SAN/223/2015, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mantener un adecuado nivel de adherencia a los tratamientos con «productos farmacéuticos» sujetos a financiación pública.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Sanidad (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía a abonar será el computo de las aportaciones mensuales, hasta el límite establecido en el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, correspondiente a la aportación realizada por el mismo para acceder a la prestación farmacéutica ambulatoria prescrita por personal del Sistema Nacional de Salud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los pacientes con Tarjeta Sanitaria Individual expedida por el Servicio de Salud de Castilla y León con derecho a la prestación farmacéutica con cargo a este Servicio de Salud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adherencia a los tratamientos con «productos farmacéuticos» sujetos a financiación pública.

Requisitos:

a) Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social, o beneficiario de dicho pensionista.

b) Ser titular de Tarjeta Sanitaria Individual expedida y cuyo garante sea el Servicio de Salud de Castilla y León y con derecho a la prestación farmacéutica a cargo de dicha entidad.

c) Ser titular, o beneficiario, de una pensión contributiva.

d) Nivel de renta del titular de la tarjeta, tal como se consigna en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, inferior a 4.900 € anuales, o a 350 € mensuales (referido a 14 pagas mensuales).

e) Cuantía de la aportación anual efectuada por el solicitante igual o superior a 12 €.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 59
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento