Ayudas economicas para el tratamiento de toxicomanias en comunidades terapeuticas no concertadas durante el año 2008.

Código de ayuda:

S10346/08

Norma:

ORDEN de 23 de enero de 2008.

Plazo de Solicitud:

Entre los días uno y quince de cada mes.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el ejercicio 2008 ayudas económicas individuales destinadas a personas afectas de
toxicomanía que tengan vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y dirigidas a financiar los gastos por tratamiento de desintoxicación/deshabituación en centros no concertados con actividad terapéutica en el área de toxicomanías.

La concesión y, en su caso, el pago de la ayuda a la persona beneficiaria quedarán condicionados a la inexistencia de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda económica acordada se establece en baremo de seiscientos treinta (630,00) euros por mes de tratamiento con una duración máxima de nueve meses.

El importe económico de la ayuda concedida a la persona afecta de toxicomanía será abonado al familiar en quien delegue o a quien ejerza la tutoría.

Cuando no concurra otra vía para garantizar el destino de la ayuda o en situaciones excepcionales y
siempre tras valoración de la Comisión prevista en el artículo 10.1 la presente Orden, el importe de la ayuda podrá ser abonado directamente a la comunidad terapéutica durante el tiempo de permanencia de la persona beneficiaria.

Los recursos económicos destinados al objeto de la presente Orden para el año 2008 procederán de la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y tendrá como límite el de la disponibilidad económica de los mismos. No procederá, por tanto, la concesión de nuevas ayudas una vez agotado el importe señalado para ellas, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente Disposición. Dicha circunstancia será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas afectas de toxicomanía que tengan vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos por tratamiento de desintoxicación/deshabituación en centros no concertados con actividad terapéutica en el área de toxicomanías.

Documentos asociados

Boletín: 14/02/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 32
Documento: Convocatoria 2008 y Anexo Descargar Documento