Ayudas economicas para el mantenimiento de equipos tecnicos, para el desarrollo de programas de prevencion comunitaria de las adicciones, para el desarrollo de programas de promocion de la actividad fisica y para la realizacion de proyectos de prevencion y reduccion de riesgos y daños.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S21528/13

Norma:

ORDEN de 29 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones para el año 2013 en el área de la salud pública y las adicciones, para el mantenimiento de los equipos municipales de prevención de las adicciones; para el desarrollo de programas específicos municipales de prevención comunitaria de las adicciones; para el desarrollo de programas de promoción de la actividad física y para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El Departamento de Salud podrá financiar hasta un 75% del coste de personal correspondiente
al ejercicio 2013 de los citados equipos técnicos. La base sobre la que se aplicará el citado
porcentaje no será superior a las siguientes:

– Persona técnica superior a jornada completa 45.470 euros (incluidos gastos de Seguridad
Social).

– Persona técnica media a jornada completa 37.245 euros (incluidos gastos de Seguridad
Social).

– Personal administrativo a jornada completa 30.024 euros (incluidos gastos de Seguridad
Social).

2. El Departamento de Salud podrá financiar hasta un 75% del presupuesto aprobado en la forma establecida en el artículo anterior. Por presupuesto que resulte aprobado se entiende el presupuesto total del programa presentado, que ha de considerarse adecuado y ajustado al conjunto de los proyectos que lo integran descritos en la solicitud. Sólo serán admitidos los costes directos del programa.

Ningún programa podrá recibir más del 10% del total asignado a este Capítulo.

3. La cuantía de la subvención deberá respetar los siguientes importes máximos:

a) En Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 50.000 habitantes, se podrá
subvencionar hasta el 20% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000
euros por proyecto.

b) En Entidades locales o áreas supramunicipales de entre 50.000 y 7.000 habitantes, se podrá
subvencionar hasta el 50% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000
euros por proyecto.

c) En Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes, se podrá subvencionar hasta un 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 8.000
euros por proyecto.

4. El Departamento de Salud podrá financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado
en la forma establecida en el artículo anterior. Por presupuesto que resulte aprobado se
entiende el presupuesto total del proyecto presentado, que ha de considerarse adecuado y ajustado a las acciones descritas en el proyecto solicitado. Los costes indirectos (administración, gestión, material de oficina, telecomunicaciones, agua, gas, electricidad y otros servicios siempre que sean claramente imputables al proyecto para el que se solicita la subvención) no podrán sumar más del 20% del coste directo del programa. No se subvencionará más del 10% del total asignado a este Capítulo por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Las entidades locales (ayuntamientos, mancomunidades o consorcios) de la CAPV con población superior a 8.000 habitantes siempre que tengan aprobado o en fase de elaboración un plan local de drogodependencias o adicciones.

Así mismo, en atención a las entidades locales con una población inferior a 8.000 habitantes y
que no tienen capacidad suficiente para crear un equipo técnico de adicciones, podrán acogerse
a estas ayudas las entidades siguientes:

a) Las Diputaciones Forales de la CAPV en el caso de que dispongan de personal técnico para
atender las necesidades de la población radicada en un conjunto de entidades locales, siempre
que se cumplan los siguientes requisitos:

● Que dicho conjunto de entidades locales no constituya una mancomunidad (ya que en ese caso sería ella la beneficiaria de la ayuda).

● Que el conjunto de la población atendida sea superior a 8.000 habitantes.

b) Ayuntamientos de la CAPV cuyo personal técnico atiende las necesidades de otras localidades
próximas, siempre y cuando la suma de habitantes de las distintas poblaciones atendidas sea
superior a 8.000 habitantes de derecho.

2. Las entidades locales que gestionen, directamente o en colaboración con entidades especializadas, programas de prevención comunitaria de las adicciones en su ámbito territorial, entendiéndose por tales aquellos que, tienen por objeto potenciar la capacidad de la comunidad social, desarrollando actividades destinadas a trabajar el fenómeno de las adicciones y de la educación para la salud.

3. Los Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales y Sociedades Mercantiles Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

4. Las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, que realicen proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños de adicciones durante el año 2013.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. AYUDAS PARA EL MANTENIMIENTO DE EQUIPOS TÉCNICOS.

2. AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN COMUNITARIA DE LAS ADICCIONES.

3. AYUDAS PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICA.

4. AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE PREVENCIÓN Y REDUCCIÓN DE RIESGOS Y DAÑOS.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 112
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento