Ayudas economicas para el desarrollo de proyectos de investigacion sobre drogodependencias en el año 2009.

Código de ayuda:

S49946/08

Norma:

ORDEN SCO/1970/2008, de 23 de junio. Orden SAS/1250/2009, de 7 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria en el ejercicio 2008 de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Nacional de Biomedicina, de acuerdo con lo establecido en los Planes Nacionales de I+D+I y en el Plan de Acción sobre Drogas 2005-2008.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cantidades asignadas a los distintos conceptos del proyecto subvencionado podrán sufrir desviaciones en una cuantía de hasta un 10 por 100, respecto a la previsión de gastos a que se refiere la disposición
octava, cuando las necesidades de ejecución del programa lo requieran y respetando en todo caso el importe total de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán participar como solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden los
centros españoles de I+D tanto públicos como privados.

A estos efectos se entiende por:

a) Centro público de I+D:
Instituciones sanitarias públicas.
Universidades públicas.
Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986 de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica Científica y Técnica y cualquier otro centro de I+D dependiente de las Administraciones Públicas.

b) Centro privado de I+D:
Instituciones sanitarias privadas.
Universidades privadas.
Otras entidades privadas dedicadas exclusivamente a la investigación, que tengan personalidad jurídica propia y capacidad o actividad demostradas en acciones de I+D y que carezcan de ánimo de lucro.

Requisitos:

La participación en los equipos de investigación se ajustará a los siguientes requisitos:

1. Por parte del Investigador principal:

a) Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con la entidad solicitante al menos durante el periodo comprendido entre el momento de la solicitud del proyecto y el de su finalización
si es aprobado.

b) Presentación de las justificaciones y memorias anuales y finales de los proyectos de investigación financiados con anterioridad por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional Sobre Drogas, en los que
figure como investigador principal.

c) En los proyectos coordinados figurará como coordinador uno de los investigadores principales de los subproyectos. El investigador principal de cada subproyecto será el responsable del mismo a todos los efectos, excepto en lo que se refiere a la coordinación científica y seguimiento del proyecto, aspectos de los que será responsable el coordinador. Si en la evaluación de estos proyectos, la coordinación se estimase innecesaria, se podrá reconducir a proyectos individuales.

2. Por parte de los restantes miembros del equipo de investigación:

a) Deberán tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o contractual con los centros de I+D de los señalados en el apartado segundo de esta orden o la condición de becario, en cuyo caso el proyecto
deberá incluir el plan de formación de los becarios desarrollado con actividades del proyecto. En este último caso, no se podrán subvencionar los gastos de personal becario si no se ha presentado el plan de formación.

b) El personal vinculado a otros organismos distintos del solicitante precisará autorización expresa del organismo del que depende para participar en el proyecto.

3. En el plan de trabajo podrán figurar otras personas no pertenecientes al equipo de investigación, como colaboradores científicos o personal técnico de apoyo a la investigación.

4. No podrán presentar proyectos aquellos investigadores que dirijan proyectos actualmente en ejecución, subvencionados por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, cuya finalización sea
posterior a 2008.

5. Tanto el investigador principal como el resto de los miembros del equipo de investigación, sólo podrán participar simultáneamente en dos proyectos o subproyectos de investigación de la presente convocatoria
(en uno como investigador principal y en otro como colaborador, o en dos como colaborador).

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 164
Documento: Bses Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/05/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 122
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento