Ayudas económicas para desarrollar programas de cualificación inicial en corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social durante el curso 2025-2026

Código de ayuda:

S14300/25

Norma:

Resolución de 28 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. El objeto de esta convocatoria es ayudar a financiar la impartición de los programas de cualificación inicial en el ámbito territorial de las Illes Balears durante el curso 2025-2026 por parte de las corporaciones locales, mancomunidades y entidades que constan en el punto cuarto de este anexo.

2. Las ayudas son subvenciones que se convocan para impartir los programas que figuran en el punto segundo de este anexo.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Conserjería de Educación y Universidades (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar las subvenciones que se prevén en esta convocatoria corporaciones locales, mancomunidades de municipios, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales sin ánimo de lucro y entidades de economía social, siempre bajo la coordinación de la Administración educativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionan, como gastos directos, las retribuciones del personal que imparte docencia directa a los alumnos; la amortización de los equipos didácticos, las plataformas tecnológicas y los bienes inventariables utilizados para llevar a cabo el programa; el alquiler de las instalaciones donde se desarrolla el proyecto; los materiales didácticos; los gastos de transporte de los alumnos que estén autorizados por la Dirección General de Formación Profesional y Ordenación Educativa; los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que cubren estas contingencias para los alumnos y los profesores, los gastos relacionados con la seguridad social de los alumnos que realicen la formación en empresa u organismo equiparado, y los gastos por publicidad.

Se subvencionan, como gastos indirectos, los gastos de gestión, incluidas las de dirección y coordinación; los gastos de administración; los gastos de asesoría y de gestoría fiscal y laboral, y otros costes como la energía eléctrica, el agua, la calefacción y la climatización, y la limpieza de las instalaciones donde se lleva a cabo el proyecto

Documentos asociados

Boletín: 28/05/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento