Ayudas economicas para apoyar el acogimiento familiar de menores.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S11928/13

Norma:

ORDEN 342/2013, de 10 de abril. ORDEN 2242/2013, de 10 de diciembre. ORDEN 2342/2013, de 27 de diciembre. ORDEN 362/2015, de 13 de marzo. ORDEN 2164/2015, de 28 de diciembre. RESOLUCIÓN 2116/2016, de 1 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Modalidades A y B: Hasta el día 3 de marzo de 2016; Modalidad C: Hasta el día 31 de octubre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas económicas para apoyar el acogimiento familiar de menores en sus modalidades A, B y C, para el ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas en quienes concurran los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1) Modalidad A, “Acogimiento de menores en familia extensa”: Un año, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

2) Modalidad B, “Acogimiento de menores en familia seleccionada”: Un año, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

3) Modalidad C, “Acogimiento familiar de urgencia”: Diez meses, del 1 de enero al 31 de octubre de 2016.

Requisitos:

a) Cumplir las condiciones particulares exigidas para cada una de las modalidades reguladas en la presente Orden, a la fecha de presentación de la solicitud, si bien podrán ser beneficiarios quienes acrediten haber ostentado la condición de acogedores dentro del año natural de que se trate, aunque hubieran cesado legalmente en dicha condición a la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se cumplan todos los demás requisitos y condiciones establecidos en esta Orden.

b) Aportar, junto con la solicitud, la documentación que se exige en las presentes bases reguladoras.

c) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 23/04/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 95
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 13/12/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 296
Documento: Convocatoria Extraordinaria 2013. Descargar Documento
Boletín: 06/02/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 31
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 06/04/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 80
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/02/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 38
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/12/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 291
Documento: Modificación cuantía 2016 Descargar Documento