Ayudas economicas individuales para personas discapacitadas de la Direccion Ejecutiva de Servicios Sociales del Institut Mallorqui d Afers Socials (IMAS), para el año 2010.

Código de ayuda:

S23864/09

Norma:

Palma, 17 de marzo de 2009. Palma, 30 de agosto de 2010. Palma, 15 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La atención de los problemas específicos de personas declaradas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial con el fin de mejorar la calidad de vida y, en general, a la promoción de su bienestar social.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se pueden conceder por la cantidad máxima establecida en esta convocatoria por cada concepto o por una parte de ésta; en todo caso, la cantidad máxima individual que se concederá para cada concepto será:

Obtención del permiso de conducir 720

Adquisición de vehículo adaptado o adaptación de automóvil 2.000

Adquisición de otros vehículos (scooter, triciclos, bicicletas) 1.545

Gafas 310

Prótesis dental 850

Grúa 1440

Arnés para grúa 225

Cama hospitalaria / adaptado 1750

Carro elevador 825

Somier cama hospitalario 360

Colchón antiescaras 360

Trapecio incorporador 205

Barandas de cama 130

Mesilla auxiliar para cama hospitalaria 105

Silla de ducha / wc 310

Asiento giratorio de bañera 255

Barras de pared 155

Elevador wc 155

Tabla bañera 105

- Únicamente en los supuestos contemplados en la base 3:

Tratamientos rehabilitadores sociosanitarios 2.000

Silla ruedas eléctrica 2.000

Audífono (cada unidad) 1.180

Zapatos ortopédicos 65

Plantillas 65

Fajas lumbares 65

Almohadas antiescaras 130

Silla ruedas de parálisis cerebral infantil 1.030

Adaptación de sillas de ruedas 1.030

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas discapacitadas residentes en Mallorca que reúnan los requisitos generales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas tendrán dos modalidades:

2.1. Tratamientos profesionales sociosanitarios.
Son aquellos tratamientos rehabilitadores, dirigidos a conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas con alguna discapacidad. Incluyen: psicomotricidad, logopedia, tratamiento psicopedagógico, tratamiento psicoterapéutico y otros tratamientos similares que correspondan a la misma finalidad.

2.2. Ayudas técnicas.
Se entiende por ayuda técnica, las prótesis, ortesis y aquellos instrumentos, utensilios, dispositivos y/o equipos de diferentes grados de complejidad para las personas con discapacidad, con la finalidad de suplir o complementar su limitación y carencias funcionales, facilitando el desarrollo de su vida diaria, aumentando la calidad de vida y el bienestar social.

Son las siguientes:

a) Ayudas para la movilidad.
Las que actúan como intermediarias entre la persona y el entorno, facilitan la relación y permiten una mejor movilidad y autonomía. También hacen referencia a los instrumentos que tienen como finalidad suplir o complementar las limitaciones y/o carencias de movilidad funcional.

Obtención del permiso de conducir a discapacitados físicos.

Adquisición de vehículo adaptado o adaptación de vehículo.

Cama hospitalaria/articulado, colchón antiescaras, silla de ducha, grúa, etc.

b) Prótesis y ortesis.
Se entienden por prótesis aquellos productos sanitarios que requieren una adaptación personalizada y dirigidas a sustituir un órgano o parte de la persona.

c) Excepcionalidad de ayudas técnicas:
Las solicitudes de utensilios básicos que sean indispensables para la mejora de la calidad de vida, así como para fomentar la autonomía personal, se podrán valorar siempre considerando las carencias funcionales de los solicitantes.

Requisitos:

1. Tener menos de 65 años en la fecha de presentación de la solicitud.
Podrán presentarse en esta convocatoria las personas que no habiendo cumplido 65 años antes del 31 de diciembre de 2009 justifiquen el gasto realizado con fecha entre el 6 de mayo de 2009 (fecha de fin de la convocatoria del año anterior) y el 31 de diciembre de 2009. Y que cumplan los requisitos de la convocatoria actual, excepto el requisito de la edad.

2. Tener un grado reconocido de minusvalía igual o superior al 33% dictaminado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

3. Que estén empadronados en la isla de Mallorca.

4. Que la renta de la unidad económica de convivencia del grupo familiar, de la cual se tendrá en cuenta, además de los rendimientos del trabajo, los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario no supere los siguientes ingresos:

Unidad familiar de un miembro: 12.302,22 €

Unidad familiar de dos miembros: 18.453,33 €

Unidad familiar de tres miembros: 22.143,99 €

Unidad familiar de cuatro miembros o más: 24.604,43 €

5. La ayuda solicitada tiene que ser concordante con la discapacidad de la persona solicitante, eso significa que la ayuda que solicite tiene que estar relacionada con su particular discapacidad.

6. No encontrarse sometida en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/03/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 44
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 04/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento