Ayudas economicas individuales para personas discapacitadas de la Direccion Ejecutiva de Servicios Sociales del Institut Mallorqui d Afers Socials (IMAS), para el año 2010.
Código de ayuda:
S23864/09Norma:
Palma, 17 de marzo de 2009. Palma, 30 de agosto de 2010. Palma, 15 de julio de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/09/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La atención de los problemas específicos de personas declaradas con discapacidad física, psíquica y/o sensorial con el fin de mejorar la calidad de vida y, en general, a la promoción de su bienestar social.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se pueden conceder por la cantidad máxima establecida en esta convocatoria por cada concepto o por una parte de ésta; en todo caso, la cantidad máxima individual que se concederá para cada concepto será:Obtención del permiso de conducir 720
Adquisición de vehículo adaptado o adaptación de automóvil 2.000
Adquisición de otros vehículos (scooter, triciclos, bicicletas) 1.545
Gafas 310
Prótesis dental 850
Grúa 1440
Arnés para grúa 225
Cama hospitalaria / adaptado 1750
Carro elevador 825
Somier cama hospitalario 360
Colchón antiescaras 360
Trapecio incorporador 205
Barandas de cama 130
Mesilla auxiliar para cama hospitalaria 105
Silla de ducha / wc 310
Asiento giratorio de bañera 255
Barras de pared 155
Elevador wc 155
Tabla bañera 105
- Únicamente en los supuestos contemplados en la base 3:
Tratamientos rehabilitadores sociosanitarios 2.000
Silla ruedas eléctrica 2.000
Audífono (cada unidad) 1.180
Zapatos ortopédicos 65
Plantillas 65
Fajas lumbares 65
Almohadas antiescaras 130
Silla ruedas de parálisis cerebral infantil 1.030
Adaptación de sillas de ruedas 1.030
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas discapacitadas residentes en Mallorca que reúnan los requisitos generales.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas tendrán dos modalidades:2.1. Tratamientos profesionales sociosanitarios.
Son aquellos tratamientos rehabilitadores, dirigidos a conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas con alguna discapacidad. Incluyen: psicomotricidad, logopedia, tratamiento psicopedagógico, tratamiento psicoterapéutico y otros tratamientos similares que correspondan a la misma finalidad.
2.2. Ayudas técnicas.
Se entiende por ayuda técnica, las prótesis, ortesis y aquellos instrumentos, utensilios, dispositivos y/o equipos de diferentes grados de complejidad para las personas con discapacidad, con la finalidad de suplir o complementar su limitación y carencias funcionales, facilitando el desarrollo de su vida diaria, aumentando la calidad de vida y el bienestar social.
Son las siguientes:
a) Ayudas para la movilidad.
Las que actúan como intermediarias entre la persona y el entorno, facilitan la relación y permiten una mejor movilidad y autonomía. También hacen referencia a los instrumentos que tienen como finalidad suplir o complementar las limitaciones y/o carencias de movilidad funcional.
Obtención del permiso de conducir a discapacitados físicos.
Adquisición de vehículo adaptado o adaptación de vehículo.
Cama hospitalaria/articulado, colchón antiescaras, silla de ducha, grúa, etc.
b) Prótesis y ortesis.
Se entienden por prótesis aquellos productos sanitarios que requieren una adaptación personalizada y dirigidas a sustituir un órgano o parte de la persona.
c) Excepcionalidad de ayudas técnicas:
Las solicitudes de utensilios básicos que sean indispensables para la mejora de la calidad de vida, así como para fomentar la autonomía personal, se podrán valorar siempre considerando las carencias funcionales de los solicitantes.
Requisitos:
1. Tener menos de 65 años en la fecha de presentación de la solicitud.Podrán presentarse en esta convocatoria las personas que no habiendo cumplido 65 años antes del 31 de diciembre de 2009 justifiquen el gasto realizado con fecha entre el 6 de mayo de 2009 (fecha de fin de la convocatoria del año anterior) y el 31 de diciembre de 2009. Y que cumplan los requisitos de la convocatoria actual, excepto el requisito de la edad.
2. Tener un grado reconocido de minusvalía igual o superior al 33% dictaminado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.
3. Que estén empadronados en la isla de Mallorca.
4. Que la renta de la unidad económica de convivencia del grupo familiar, de la cual se tendrá en cuenta, además de los rendimientos del trabajo, los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario no supere los siguientes ingresos:
Unidad familiar de un miembro: 12.302,22 €
Unidad familiar de dos miembros: 18.453,33 €
Unidad familiar de tres miembros: 22.143,99 €
Unidad familiar de cuatro miembros o más: 24.604,43 €
5. La ayuda solicitada tiene que ser concordante con la discapacidad de la persona solicitante, eso significa que la ayuda que solicite tiene que estar relacionada con su particular discapacidad.
6. No encontrarse sometida en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
26/07/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
26/03/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 44
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín:
04/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento