Ayudas económicas familiares en cooperación con las entidades locales.
Código de ayuda:
S39255/23Norma:
Orden de 6 de noviembre de 2023.Plazo de Solicitud:
A determinar en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto la regulación de las ayudas económicas familiares, como prestación del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, su gestión mediante la cooperación entre la Administración de la Junta de Andalucía y las entidades locales, las obligaciones a que se comprometen dichas Administraciones y su financiación a través del sistema de transferencias.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios de más de veinte mil habitantes del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.Requisitos:
a) Vecindad administrativa en el término municipal, salvo circunstancias excepcionales debidamente acreditadas relacionadas con situaciones de violencia de género o inmigración y domicilios cuya acreditación catastral o municipal no resulte posible.b) Insuficiencia de recursos económicos de la unidad familiar de convivencia para cubrir necesidades básicas de las personas menores.
Documentos asociados
Boletín:
09/11/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 215
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 215
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