Ayudas economicas, en regimen de concurrencia no competitiva, destinadas a empresas periodisticas y de radiodifusion.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S53991/10

Norma:

Resolución de 16 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer subvenciones a las empresas periodísticas y de radiodifusión situadas en Galicia que estén debidamente inscritas en el Registro Mercantil o en el que corresponda según la forma empresarial
que adopten.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

-Empresas periodísticas:

a) Criterio referido a la difusión de ejemplares: 60% del crédito.

b) Criterio referido al empleo regular del gallego por parte del medio, siguiendo lo establecido en el Decreto
173/1982, de 17 de noviembre, de normativización de la lengua gallega y en la disposición adicional de
la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, y de acuerdo con las normas aprobadas por
la Real Academia Gallega en sesión plenaria de 12 de julio de 2003: 30% del crédito.

c) Criterio referido al porcentaje de publicaciones, informaciones o emisiones encaminadas a la normalización de la lengua gallega y a la difusión de la identidad y cultura de Galicia: 10% del crédito.

-Empresas de radiodifusión:

a) Criterio referido al número de oyentes: 70% del crédito.

b) Criterio referido al empleo regular del gallego por parte del medio, siguiendo lo establecido en el Decreto
173/1982, de 17 de noviembre, de normativización de la lengua gallega y en la disposición adicional de
la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, y de acuerdo con las normas aprobadas por
la Real Academia Gallega en sesión plenaria de 12 de julio de 2003: 30% del crédito.

-Empresas que transmitan su actividad diaria a través de internet, vía satélite o por cualquier otro sistema que empleé soportes de las nuevas tecnologías de la comunicación:

a) Criterio referido al número de visitas: 70% del crédito.

b) Criterio referido al empleo regular del gallego por parte del medio, siguiendo lo establecido en el Decreto
173/1982, de 17 de noviembre, de normativización de la lengua gallega y en la disposición adicional de
la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, y de acuerdo con las normas aprobadas por
la Real Academia Gallega en sesión plenaria de 12 de julio de 2003: 30% del crédito.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas que publiquen o difundan informaciones, programas, artículos, reportajes, colaboraciones
o secciones orientadas a alentar la defensa de la identidad de Galicia, la promoción de sus valores, la normalización de la lengua y la difusión de su cultura. En su producción informativa deberá tener un especial protagonismo el idioma gallego.

Requisitos:

a) Empresas periodísticas y de radiodifusión: las que tengan por objeto de su actividad, entre otras, la
edición y distribución de periódicos diarios con el mismo título y numeración sucesiva, las empresas
radiofónicas privadas y aquellas que transmitan su actividad informativa diaria a través de internet, vía
satélite o por cualquier otro sistema que emplee soportes de las nuevas tecnologías de la comunicación.

b) Empresas situadas en Galicia: aquellas que cuenten con una plantilla estable de al menos cinco
trabajadores que presten sus servicios en el ámbito territorial de Galicia y que elaboren y difundan toda o
parte de su producción informativa de forma específica en el territorio de la comunidad autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 181
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento