Ayudas economicas, en regimen de concurrencia competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periodicas escritas integramente en gallego, para el año 2008.

Código de ayuda:

S76682/07

Norma:

Resolucion de 20 de noviembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/01/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto el establecimiento de subvenciones a las empresas periodísticas radicadas
en Galicia e inscritas en el Registro Mercantil, que difundiesen, durante el año 2007, sus publicaciones
periódicas escritas íntegramente en idioma gallego.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas objeto de esta resolución las empresas que editen publicaciones que reúnan
las siguientes condiciones:

a) Que estén escritas íntegramente en gallego de acuerdo con la normativa oficial vigente.
b) Que tengan un mínimo de 24 páginas en formato DIN A-3 o de 32 páginas en formato DIN A-4 (o el
equivalente en otros formatos).
c) Que se publiquen periódicamente.
d) Que incluyan el pie de imprenta con todos los datos que establezca la legislación vigente.
e) Que no se distribuyan como suplementos, o de forma conjunta a otra publicación.

Quedan excluidas de la concesión de ayudas:

a) Los boletines de información interior o de instituciones.
b) Las publicaciones de organizaciones políticas, empresariales, profesionales, sindicales o de entidades
públicas.
c) Las publicaciones de difusión total o mayoritariamente gratuitas.
d) Las publicaciones que se distribuyan como suplemento o de forma conjunta con otra publicación.
e) Las publicaciones que, estando sometidas al control de la Oficina de Justificación de la Difusión
(OJD), no presenten el certificado acreditativo de la difusión expedido por dicho organismo.
f) Las publicaciones que durante el año 2007, según informe de la Secretaría General de Política Lingüística
que se incorporará al acta de la comisión de evaluación, no se hubiesen publicado en gallego normativizado, según lo establecido en el Decreto 173/1982, de 17 de noviembre, de normas sobre uso y enseñanza de la lengua gallega (DOG del 20 de abril de 1983) y en la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística y las que incluyesen publicidad que no se atenga a lo dispuesto en el artículo 10 de dicha ley en materia de toponimia.
g) Las publicaciones que no se editaran durante el año 2007 y no mantengan su actividad en el momento
de la concesión de la subvención, o no se comprometan a seguir publicando en gallego hasta el 31 de
diciembre del 2008, en el caso de ser beneficiarias de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 249
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento