Ayudas económicas en materia de Infancia, Juventud y Voluntariado.

Código de ayuda:

S14382/05

Norma:

DECRETO FORAL 16/2005, de 22 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Anexos I, II, III, VI, VII y VIII: hasta 29/4 ; Anexo IV y V: 2 meses antes inicio; Anexo V: hasta 28/10; Anexo IX: hasta 30/6.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar iniciativas relacionadas con la utilización del ocio y el tiempo libre, la formación, el asociacionismo o la información específica en temas relativos a la población infantil y juvenil, a través del otorgamiento de subvenciones.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Diputación Foral de Guipúzcoa (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Según cada acción:
Anexo I: Las asociaciones juveniles, entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios a la juventud y centros de enseñanza que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, que organicen colonias, campamentos, marchas volantes y colonias abiertas infantiles y juveniles, destinados a niños/as y jóvenes guipuzcoanos/as de 3 a 18 años, con una duración entre 5 y 21 días y un mínimo de 10 participantes.

Anexo II: Podrán optar a estas ayudas económicas, en el apartado referido a la adquisición de material inventariable, las asociaciones y entidades juveniles de organización y proyección municipal y/o supramunicipal, y, en el apartado de obras de infraestructura, todas las que, entre éstas, acrediten ostentar la titularidad del local, o disfrutar de la cesión exclusiva del mismo por un período mínimo de diez años, destinado únicamente al desarrollo de actividades en torno al asociacionismo infantil y/o juvenil.

Anexo III: Las asociaciones juveniles de carácter supramunicipal, constituidas en coordinadora o federación de asociaciones infantiles y/o juveniles.

Anexo IV: Las asociaciones juveniles guipuzcoanas que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones y Entidades Culturales del Gobierno Vasco.

Anexo V: Los municipios guipuzcoanos que cumplan los requisitos que se hacen constar en estas bases.

Anexo VI: Las escuelas de tiempo libre reconocidas oficialmente, que actúen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Anexo VII: Las asociaciones juveniles guipuzcoanas de ámbito supramunicipal que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones y Entidades Culturales del Gobierno Vasco.

Anexo VIII:aquellas entidades guipuzcoanas que cumplan los siguientes requisitos:
—Estar legalmente constituidas.
—Tener como ámbito prioritario de acción la formación en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, así como disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos, acreditando la experiencia necesaria para ello.
—En el caso de entidades sin animo de lucro que ya hayan recibido alguna subvención de la Diputación Foral de Gipuzkoa, deberán haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas y haber presentado la memoria justificativa de los mismos.

Anexo IX: Los municipios o entidades locales guipuzcoanas que presenten proyectos para la ejecución de obras en equipamientos infantiles y juveniles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las siguientes modalidades de ayudas:
Anexo I.: Realización de colonias y campamentos de verano infantiles y juveniles.
Anexo II: Adquisición de material inventariable o la realización de obras de infraestructura en locales por parte de asociaciones juveniles.
Anexo III.: Realización de actividades anuales de las asociaciones o entidades de estructura organizativa supramunicipal, constituidas en coordinadora, federación, etc. de asociaciones infantiles y/o juveniles.
Anexo IV: Realización de proyectos singulares o innovadores ideados por asociaciones juveniles .
Anexo V: Desarrollo de actividades destinadas a la infancia, la adolescencia y la juventud por parte de Ayuntamientos Guipuzcoanos.
Anexo VI: Realización de planes anuales de formación por las escuelas de formación de tiempo libre infantil y juvenil.
Anexo VII: Desarrollo de programas anuales por parte de asociaciones juveniles de ámbito supramunicipal, que no tengan por objeto principal de actuación la educación en el tiempo libre.
Anexo VIII: Desarrollo de programas de formación para personas voluntarias y para la mejora de la gestión de las entidades asociativas.
Anexo IX: Ejecución de obras en equipamientos infantiles y juveniles por parte de ayuntamientos guipuzcoanos.

Ampliar información consultando cada Anexo en las Bases adjuntas.

Documentos asociados

Boletín: 06/04/2005
BO Provincia de Guipúzcoa- Nº 63
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento