Ayudas económicas en el ámbito de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (E4) en el Principado de Asturias y se aprueban sus bases reguladoras.

Código de ayuda:

S46655/06

Norma:

RESOLUCION de 16 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones dentro del ámbito del Convenio suscrito entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), y en el que se establece una serie de actuaciones en el ámbito de la estrategia de ahorro y eficiencia energética (E4), para los siguientes planes:

A) Acciones de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia energética (E4) en proyectos de utilización y sustitución
racional de fuentes de energía en la industria, el transporte, los servicios y edificios, cuyos solicitantes sean
empresas privadas, particulares, instituciones sin ánimo de lucro, las comunidades de propietarios de
viviendas en régimen de propiedad horizontal y entes locales, según cada aplicación.

B) Acciones de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética (E4) correspondientes al Plan Renove de electrodomésticos, cuyos solicitantes deberán ser empresas privadas adheridas al Plan.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria, los entes locales, las empresas privadas, las comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, las personas físicas y las instituciones sin ánimo de lucro, según el tipo de aplicación, de acuerdo a lo señalado en la base cuarta.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerará inversión subvencionable aquella parte de la inversión en bienes tangibles que sea imprescindible para alcanzar los objetivos energéticos previstos en la actuación.

A. ACCIONES DE LA ESTRATEGIA DE AHORRO Y EFICIENCIA
ENERGETICA (E4).

A-1. MEDIDAS EN EL SECTOR INDUSTRIAL.

A-1.1.—Auditorías energéticas en empresas incluidas en cada rama de actividad del sector industrial manufacturero, excluyendo las ramas que integran el sector transformación de la energía, a fin de determinar el potencial ahorro de energía en las mismas.

A-1.2.—Sustitución de equipos e instalaciones consumidores de energía por otros equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia, o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2 en empresas incluidas en cada rama de actividad del sector industrial manufacturero, excluyendo las ramas de actividad que integran el sector Transformación de la Energía.

A-2. MEDIDAS EN EL SECTOR TRANSPORTE.

A-2.1.—Conducción eficiente de turismos, autobuses o camiones, mediante cursos de corta duración dirigidos a conductores.

A-2.2.—Renovación de flotas de transportes por carretera, mediante la adquisición de vehículos industriales (autobuses y camiones) matriculados en España, en empresas que presten un servicio público, mediante la adquisición de vehículos industriales de propulsión eléctrica, de pila de combustible, híbrida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100% mediante baterías), alimentados por gas
natural, gases licuados del petróleo o hidrógeno.

A-2.3.—Renovación del parque automovilístico de turismos, destinados a personas físicas o jurídicas cuyos vehículos presten un servicio público, mediante la adquisición de vehículos turismos matriculados en España, de propulsión eléctrica, mediante pila de combustible, híbrida (siempre que tengan capacidad de tracción eléctrica al 100% mediante baterías), o alimentados por gas natural, gases licuados del petróleo
o hidrógeno, que tengan unas emisiones inferiores a 140 g de CO2/Km. Transformación de vehículos turismo para ser alimentados por gases licuados del petróleo.

A-3. MEDIDAS EN EL SECTOR DE LA EDIFICACION.

A-3.1.—Rehabilitación de la envolvente térmica de edificios ya existentes, pertenecientes al sector terciario, mediante la aplicación de criterios de eficiencia energética en la rehabilitación de su envolvente térmica con el fin de conseguir una reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración del edificio.

A-3.2.—Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas en edificios ya existentes, pertenecientes al sector residencial o terciario, mediante actuaciones en estas instalaciones que consigan una reducción de al menos, un 20% del consumo de energía convencional de calefacción y refrigeración del edificio.

A-3.3.—Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación interior en los edificios ya existentes, pertenecientes al sector terciario mediante actuaciones que consigan una reducción de al menos un 25% del consumo de energía convencional, tales como sistemas domóticos avanzados,
incorporación de reactancias electrónicas regulables, etc.

A-4. SECTOR SERVICIOS PUBLICOS.

A-4.1.—Programas de Asesoramiento Energético Municipal, a desarrollar por la Federación Asturiana de Concejos y la Fundación Asturiana de la Energía.

A-5. SECTOR EQUIPAMIENTO RESIDENCIAL.

A-5.1.—Plan Renove de electrodomésticos. Sustitución de electrodomésticos por equipos con etiquetado energético clase “A” o superior.

Los electrodomésticos objeto del Plan, así como la cuantía del descuento individual para cada aparato serán las siguientes:

a) Frigoríficos y aparatos frigoríficos combinados (Combis): 75,00 euros.
b) Congeladores: 75,00 euros.
c) Lavadoras: 75,00 euros.
d) Lavavajillas: 75,00 euros.

A-6. MEDIDAS EN EL SECTOR AGRICULTURA.

A-6.1.—Acciones de promoción y formación de técnicas de uso eficiente de la energía en el sector agrario, dirigidas a los agricultores y ganaderos.

A-7. MEDIDAS EN EL SECTOR DE TRANSFORMACION DE LA ENERGIA.

A-7.1.—Estudios de viabilidad para cogeneraciones, dirigidos a promover nuevas plantas de cogeneración, a fin de buscar las soluciones y los diseños técnicos más correctos, a partir de las demandas de calor útil, en empresas del sector industrial, servicios y tratamiento de residuos industriales.

A-7.2.—Desarrollo del potencial de cogeneración, mediante la construcción de nuevas plantas de cogeneración de alta eficiencia energética, independientemente de su potencia, así como microcogeneraciones de hasta 500 kW que utilicen como combustible gas natural o gasóleo, en los
sectores no industriales (terciario, servicios y agropecuarios excepto purines) incluyendo en su caso sistemas de frío.

Documentos asociados

Boletín: 23/11/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 23XI06
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento