Ayudas económicas dirigidas a profesionales de las artes plásticas y visuales para el desarrollo de proyectos.

Código de ayuda:

S47628/21

Norma:

Orden de 27 de mayo de 2016. Resolución de 13 de septiembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de octubre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de artes
plásticas y visuales (pintura, escultura, dibujo, grabado, fotografía, procedimientos mixtos, vídeo creación o cualquier otra modalidad de lenguaje plástico como arte sonoro, el arte digital o performance) para el desarrollo de proyectos en el ámbito de la creación artística (no trabajos teóricos exclusivamente) para artistas de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación y Cultura (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas en la presente Resolución se concederán con cargo al crédito consignado en el presupuesto del ICA para el ejercicio 2021, siendo la cuantía total destinada al efecto de doscientos mil euros (200.000,00 €).

Se concederán una ayuda por solicitante, siendo la aportación del ICA a cada artista seleccionado/a de un máximo de 12.000,00 € y de un mínimo de 1.500,00 €, impuestos incluidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas o colectivos beneficiarios de estas ayudas podrán ser artistas individuales o equipos artísticos y deberán reunir los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en la presente convocatoria. En todo caso, se consideran subvencionables los gastos en los que incurra quienes lo soliciten en el desarrollo del proyecto relativos a:

a) Gastos de alojamiento y desplazamiento vinculados con el proyecto.

b) Adquisición de materiales para la producción.

c) Alquiler y gasto corriente inherente al estudio/local de trabajo.

d) Cuotas de alta a la seguridad social u otros impuestos y gastos de gestión de la actividad como gastos de asesoría etc., durante el plazo de ejecución contemplado en esta convocatoria.

e) Honorarios de artistas en concepto de dedicación a la creación, en un porcentaje que no superará el 20 % del importe de la subvención recibida.

Requisitos:

Ser natural o estar empadronado/a en la Región de Murcia.

Encontrarse en un estadio intermedio de su carrera o actividad profesional, con una trayectoria objetivada de producción artística, circunstancia que se acreditará con detalle en el currículum y en la documentación complementaria y, entre otras, el haber realizado al menos una exposición individual fuera del territorio regional en una institución pública o privada de reconocido prestigio.

Contar, al menos, con un catálogo individual provisto de ISBN y Depósito Legal editado por una institución pública o privada. A estos efectos no se aceptará como válido un catálogo editado por el propio artista y tampoco los editados en el marco del Plan EXE.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 216
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/09/2021
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 216
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento