Ayudas económicas dirigidas a fomentar la contratación indefinida de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales.

Código de ayuda:

S29582/04

Norma:

Resolución de 17 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Empleo
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas con ámbito de actuación en la Comunidad de Castilla y León que desarrollen una actividad, con ánimo de lucro, en función de la cual formalicen contrataciones indefinidas en los términos previstos en esta convocatoria, siempre que los trabajadores estén contratados en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas públicas y las participadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables, en las condiciones y con los requisitos exigidos, las contrataciones que reúnan las siguientes características:
a) Los contratos se concertarán por tiempo indefinido a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que, en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria.
b) Los contratos se formalizarán por escrito y se deberá cumplir el preceptivo trámite de registro o en su caso comunicación al Servicio Público de Empleo.

Las contrataciones objeto de esta subvención habrán de referirse a técnicos de prevención de riesgos laborales, así como personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada con arreglo a la normativa vigente, que estén inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León o empleados a tiempo parcial en una empresa distinta a la solicitante.

Requisitos:

No deben de haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas, en tal materia, en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Documentos asociados

Boletín: 23/12/2004
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 246 s2
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 31/01/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 20
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento