Ayudas economicas directas y de ayudas en especie a personas/familias en situacion de emergencia social año 2015.

Código de ayuda:

S05128/15

Norma:

Sarriguren, 19 enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de diciembre de 2015 (consultar plazos ayudas de educación).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas económicas directas y de ayudas en especie a personas/familias en situación de emergencia social año 2015.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento del Valle de Egüés (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas individuales y/o unidades familiares en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Prestaciones económicas:

Los grupos que se detallan a continuación abarcan los conceptos susceptibles de ayuda económica:

1. Relacionados con el mantenimiento de la vivienda habitual.

2. Relacionados con la carencia económica para cobertura de necesidades básicas.

3. Ayudas relacionadas con Educación.

4. Ayudas relacionadas con la Salud.

5. Relacionados con la prevención y promoción social.

6. Ayudas para la conciliación laboral, familiar y social.

7. Otras situaciones no contempladas en los apartados anteriores.

Prestaciones en especie.

Requisitos:

1. Acreditar el empadronamiento en el Valle de Egüés.

2. Estar incluídas en algún programa del Servicio Social de Base del Ayuntamiento del Valle de Egüés.

3. Carecer de medios económicos propios suficientes y faltos de una apoyatura socio-familiar con la que hacer frente a la situación planteada, sobrevenida por una fuerza mayor e involuntaria, como puede ser:

–Abandono del domicilio familiar por malos tratos, separaciones, etc.

–Crisis económicas no previstas en economías estables: separaciones, enfermedades, gastos extraordinarios justificados.

–Crisis económica derivada de situaciones de desempleo prolongado u otro tipo de inestabilidad económica en el momento de realizar la solicitud.

–Periodos de espera a una alternativa por parte de otras prestaciones, trabajo, etc.

–Otras situaciones de difícil concreción.

4. Estar al corriente de pago de cualquier tipo de obligación tributaria u otras de carácter municipal y no tener pendiente devolución de adelantos proporcionados por el servicio social de Base, cuando los plazos de devolución hayan transcurrido sin hacerse efectiva la misma.

No obstante, cuando exista alguna obligación económica pendiente de cumplimiento por parte del solicitante, una vez transcurrido el período voluntario de pago, el Ayuntamiento del Valle de Egüés podrá reconocer la prestación solicitada e incoar simultánea o posteriormente el correspondiente expediente de compensación de créditos. La cuantía de la prestación reconocida se imputará al pago de aquellas obligaciones. Si fueran varias las obligaciones pendientes por parte del beneficiario, se seguirá en su compensación el orden de mayor a menor cuantía de las mismas hasta agotar el importe de la prestación. Si éste fuera superior al importe de la deuda, tras la compensación se abonará al beneficiario la diferencia que resulte en su favor.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2015
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 26
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento