Ayudas económicas destinadas al apoyo a familias de personas mayores gravemente dependientes.

Código de ayuda:

S51219/05

Norma:

Sesión de 5 de octubre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Las solicitudes podrán realizarse a lo largo del ejercicio económico, en función del momento en el que surge la situación.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El desarrollo de una línea de ayudas económicas destinadas a facilitar el respiro del cuidador principal de personas mayores de 65 años gravemente dependientes y que vivan en el mismo domicilio, con el fin de participar en la financiación de la contratación de una persona en el régimen laboral especial del Servicio de Hogar Familiar, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1424/1985 de 1 de agosto.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de Salamanca (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los cuidadores familiares (por consanguinidad o afinidad, y parejas de hecho o relaciones asimilables a
las familiares) que atiendan a personas mayores de 65 años gravemente dependientes para la realización de actividades de la vida diaria, y que convivan habitualmente en el mismo domicilio.

Requisitos:

a) Que tanto la persona gravemente dependiente como el cuidador principal de la misma, residan y estén empadronados en el mismo domicilio de cualquiera de los municipios de la provincia de Salamanca, excluida la capital.

b) Que la persona gravemente dependiente tenga 65 años o más.

c) Que la persona dependiente tenga dependencia total (3 puntos), en al menos cinco de las ocho variables contempladas en el punto 1.1 “Actividades para la Vida Diaria” de la Resolución de 19 de diciembre de 2.001, de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, por que se aprueba el baremo para la valoración de las solicitudes de acceso a la Prestación Social Básica de la Ayuda a Domicilio en Castilla y León.
La puntuación de la capacidad o incapacidad para el desarrollo de las actividades de la vida diaria se realizará teniendo en cuenta tanto las limitaciones físicas, como las alteraciones psíquicas, que influyan en cada caso.

d) Que la ayuda económica vaya destinada a la contratación de una persona para el apoyo en el hogar, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1424/1985 de 1 de agosto, y por una duración mínima de 20 horas semanales.

e) Que entre la persona contratada y el cuidador no exista vínculo familiar de primer, segundo o tercer grado.

f) Que el cuidador no reciba retribución alguna por la atención prestada a la persona mayor gravemente dependiente.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2005
BO Provincia de Salamanca- Nº 201
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento