Ayudas economicas destinadas a subvencionar alquileres a arrendatarios de viviendas para el año 2008.

Código de ayuda:

S17137/08

Norma:

ORDEN FOM/385/2008, de 5 de marzo. ORDEN FOM/384/2008, de 5 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas económicas destinadas a subvencionar parcialmente la renta o precio del
alquiler a personas físicas arrendatarias de viviendas situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, las cuales se concederán de forma directa conforme a lo establecido en el Art. 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Art. 36 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán resultar beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, las personas físicas arrendatarias de vivienda.

Requisitos:

a) Jóvenes mayores de edad y menores de 36 años.

b) Ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda que constituya su domicilio habitual y permanente.

c) La vivienda objeto de arrendamiento no podrá estar sometida a ningún régimen de protección que establezca límites a su renta máxima de conformidad con la normativa aplicable en el materia.

d) Tener una fuente regular de ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros.

A estos efectos, se entenderá que tienen una fuente regular de ingresos los trabajadores por cuenta propia o ajena, los becarios de investigación y los perceptores de una prestación social pública de carácter periódico, contributiva o asistencial, siempre que puedan acreditar una vida laboral de al menos seis meses de antigüedad, inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos seis meses contados desde el día de su solicitud.

A efectos de cálculo de este requisito no se computará el importe de la renta básica de emancipación o de las ayudas convocadas por la Comunidad de Castilla y León para el pago del alquiler percibida en la anualidad correspondiente

e) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo o, en el caso de los extranjeros no comunitarios, tener residencia legal y permanente en España.

f) No podrá existir parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de su vivienda habitual.

El mismo criterio se aplicará a la relación entre el arrendador y el arrendatario, cuando el primero sea una persona jurídica respecto de cualquiera de sus socios o partícipes.

g) No ser titular de una vivienda, salvo que no se disponga del uso o disfrute de la misma.

No se considera titular de una vivienda cuando el valor catastral de la misma no exceda del 60% del precio máximo de una vivienda protegida de precio general, acogida al Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Plan Estatal 2005-2008 para favorecer el acceso de los ciudadanos a la vivienda, modificado por el Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, calificada provisionalmente en el mismo momento de la solicitud de la ayuda y situada en la misma localidad que la vivienda de la que se es titular.

h) Quienes sean titulares de bienes y derechos con un valor, determinado conforme a las reglas de valoración de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, superior a 108.182,18 €,
como cuantía fijada como mínimo exento en el artículo 28.2 de la citada Ley.

i) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, sin perjuicio de lo previsto en el punto segundo apartado séptimo de la presente Orden.

j) Para el complemento de la renta básica de emancipación regulada en el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre será necesario, además, tener reconocido el derecho a la misma mediante Resolución
de la Consejería de Fomento.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/03/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 50
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento