Ayudas económicas destinadas a la vivienda rural para el año 2006.

Código de ayuda:

S07446/06

Norma:

ORDEN FOM/352/2006, de 7 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva, con cargo a los Presupuestos del año 2006 y siguientes, destinadas a subvencionar la adquisición, rehabilitación y nueva construcción de viviendas rurales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Se entenderá por viviendas rurales las edificaciones residenciales, unifamiliares o plurifamiliares, cualquiera que sea su superficie y la de sus anejos vinculados, que estén situadas en municipios o localidades con población inferior a 10.000 habitantes, en cuencas mineras en reconversión o en espacios naturales con declaración, cualquiera que sea su población y en los municipios declarados de actuación preferente.
En los supuestos de adquisición de vivienda construida nueva, deberá cumplir además, la condición de estar incluidos en el Ámbito Municipal 3.

También tendrán esta consideración las edificaciones no residenciales, con la misma ubicación señalada en el párrafo anterior, que se rehabiliten para destinarlas a uso residencial en un cincuenta por ciento, cuanto menos, de su superficie.

Las viviendas y edificaciones objeto de estas ayudas estarán situadas en suelo urbano como regla general o en suelo rústico cuando se trate de usos excepcionales, de carácter residencial, autorizados de acuerdo con lo dispuesto en la legislación urbanística de Castilla y León.

En los supuestos de promoción de vivienda para uso propio, la construcción se realizará de acuerdo con los prototipos de la zona y, en su caso, respetando las directrices que establezca la normativa vigente, sin incurrir en limitaciones que impidan el uso previsto o la obtención de la licencia municipal de obras.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

- Las personas físicas, individualmente consideradas.
- Las Corporaciones Locales que promuevan actuaciones de adquisición y rehabilitación de vivienda rural con el objeto de cederlas en arrendamiento a familias con ingresos familiares corregidos inferiores a 3,5 veces el IPREM del año 2004, preferentemente familias monoparentales con hijos menores a cargo, víctimas de violencia doméstica y víctimas de terrorismo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán protegibles las actuaciones de:
a) Adquisición de vivienda construida nueva.
b) Promoción de vivienda para uso propio.
c) Rehabilitación de vivienda.

Las ayudas reguladas en la presente Orden tienen las siguientes modalidades:
a) Préstamo cualificado, en forma de crédito hipotecario o de crédito personal, según cual sea la actuación, que el beneficiario deberá formalizar con alguna de las entidades financieras que suscriban el correspondiente convenio con la Junta de Castilla y León.
b) Subsidio de parte del interés del préstamo cualificado durante un máximo de los primeros 13 años del periodo de amortización, con cargo a las partidas presupuestarias de la Consejería de Fomento.
c) Subvención a los beneficiarios que hayan formalizado préstamo cualificado en el marco del convenio de financiación de vivienda rural en el año 2006, para actuaciones de rehabilitación integral y en actuaciones de compra nueva construida y autopromoción de viviendas ubicadas en los municipios declarados de actuación preferente.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 50
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento