Ayudas economicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana para la financiacion de los gastos corrientes de las Agencias AMICS de su titularidad.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S01691/12

Norma:

ORDEN 18/2011, de 28 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de los gastos corrientes derivados del sostenimiento, por parte de las entidades locales titulares, de las Agencias de Mediación para la Integración y la Convivencia Social (AMICS), en el ejercicio 2012.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Justicia y Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece un importe máximo de subvención por entidad local de 25.000 euros, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias que finalmente se fijen para ésta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunitat Valenciana que cumplan alguno de los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos del personal adscrito a la agencia AMICS y los de funcionamiento y mantenimiento inherentes
a la misma, así como los demás ga stos de naturaleza corriente generados por la realización de programas formativos o de integración social dirigidos a la población inmigrante de su ámbito territorial, siempre que
hayan sido efectivamente realizados a lo largo del ejercicio 2012.

Requisitos:

a) Haber constituido una agencia AMICS, según dispone el art. 30 del Decreto 93/2009, de 10 de julio, del Consell, o estar tramitación de constitución, existiendo constancia del inicio del funcionamiento para el ejercicio 2012.

b) Haber sido beneficiario de:

b.1) Las subvenciones para la puesta en marcha, funcionamiento y mantenimiento de una Agencia de Mediación para la Integración y la Convivencia Social (AMICS).

b.2) Las ayudas establecidas mediante convocatoria de ayudas económicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la creación y puesta en marcha de agencias AMICS.

2. Disponer de un Plan de Integración Social de las Personas Inmigrantes, vigente, en el ámbito territorial correspondiente, a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.

3. No estar incursa la entidad local en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 18 y concordantes del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2012
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6691
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento