Ayudas económicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana para la financiación de los gastos corrientes de las Agencias AMICS de su titularidad en el ejercicio 2010.

Código de ayuda:

S76100/09

Norma:

ORDEN de 17 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se otorgarán en concepto de subvención para la financiación de los gastos corrientes derivados del sostenimiento, por parte de las entidades locales titulares, de las Agencias de Mediación para la Integración y la Convivencia Social (AMICS), en el ejercicio 2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consejeria de Solidaridad y Ciudadania (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunitat Valenciana, que cumplan los siguientes requisitos:

a) Haber sido beneficiario de:
a.1) Las subvenciones para la puesta en marcha, funcionamiento y mantenimiento de una “Agencia de Mediación para la Integración y la Convivencia Social” (AMICS), articuladas mediante convenio de
colaboración, en los ejercicios anteriores al 2008.

a.2) Las ayudas establecidas mediante convocatoria de ayudas económicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la creación y puesta en marcha de Agencias AMICS en los ejercicios 2008 o 2009.

b) No estar incursa la entidad local en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 18 y concordantes del
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los gastos del personal adscrito a la Agencia AMICS y los de funcionamiento y mantenimiento inherentes a la misma, así como los demás gastos de naturaleza corriente generados por la realización de programas formativos o de integración social dirigidos a la población inmigrante de su ámbito territorial, siempre que hayan sido efectivamente realizados a lo largo del ejercicio 2010.

Documentos asociados

Boletín: 21/12/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6169
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento