Ayudas económicas destinadas a Centros de atención a la primera infancia, para la financiación de gastos de mantenimiento para el año 2004.

Código de ayuda:

S10773/04

Norma:

Orden de 5 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de gastos de mantenimiento, con la finalidad de apoyar a los mencionados Centros que estén destinados fundamentalmente a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Se entenderá por centros de atención a la primera infancia, a efectos de la presente Orden, aquellos que tienen entre sus objetivos, por un lado, garantizar el adecuado desarrollo integral de los menores de 0 a 3 años, estableciendo cauces que permitan la conciliación de la vida familiar y laboral y por otro, actuar como mecanismos para prevenir posibles situaciones de desprotección y carencia que menoscaben el adecuado desarrollo integral de los menores.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Entidades que presten servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los programas a realizar en zonas donde no existen los servicios que se pretenden implantar.
b) La adecuación de los programas a las líneas estratégicas establecidas por la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
c) La adecuación de los proyectos a los planes específicos.
d) Los programas que sean continuación de otros subvencionados en convocatorias anteriores y hayan sido valorados positivamente por la Dirección General de Servicios Sociales.

Requisitos:

a) No tener asignada subvención nominativa para los mismos fines en la Ley de Cantabria 3/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2004.
b) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria.
c) Carecer de ánimo de lucro. Este requisito deberá figurar en sus respectivos Estatutos.
d) Estar inscritas en el Registro Regional de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Cantabria, que establece el Decreto 99/1989, de 19 de diciembre, o haber presentado la solicitud de inscripción con fecha anterior a la finalización del plazo de presentación de la documentación.

Documentos asociados

Boletín: 16/04/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 74
Documento: Convocatoria Descargar Documento