Ayudas economicas de urgencia social del ayuntamiento de Mao para el año 2010.

Código de ayuda:

S35537/10

Norma:

Maó, 14 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tienen la consideración de ayudas económicas de urgencia social las que tienen como finalidad de dar respuesta a las situaciones derivadas de la coyuntura económica y que afectan a las personas y las unidades familiares con menores, y que se encuentran en situación de vulnerabilidad o exclusión social.


Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Maó (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Ayuda para la alimentación: de carácter coyuntural, por un máximo mensual de 300 euros.
2. Ayuda para el alojamiento: de carácter coyuntural, por un máximo anual de 1.200 euros.
3. Ayuda para gastos generales de la unidad familiar: por un máximo anual de 800 euros.

La cuantía máxima que puede recibir una unidad familiar a lo largo de doce meses es de 2.900 euros. Excepcionalmente, cuando se hayan producido cambios en la configuración de la unidad familiar, los Servicios Sociales Comunitarios podrán valorar la concesión de la nueva ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Son beneficiarias las unidades familiares con menores que han visto reducido su nivel de ingresos a raíz de la pérdida del trabajo o por la reducción de prestaciones económicas públicas por parte de algún de los miembros de la unidad familiar, y que con estos ingresos no pueden responder a las necesidades
básicas que se detallan en el artículo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas ayudas abarcan la siguiente clasificación, en función de las necesidades que se hayan de atender:
a) Ayudas para la alimentación
- Manutención en general. Pañales y leche para bebés
b) Ayudas por el alojamiento
- Gastos de pensión o hostal
- Alquileres en los casos que quede acreditado que las personas beneficiarias no se pueden acoger a las ayudas de arrendamiento que gestiona la Consejería de Vivienda y Obras Públicas del Gobierno de las Islas Baleares
- Gastos de luz, gas y agua
c) Ayudas para gastos generales de la unidad familiar
- Ropa para los miembros de la unidad familiar
- Gastos de transporte público o escolar para la asistencia a centros educativos, al trabajo, para tratamientos especializados de salud y para actividades formativas.

Requisitos:

1. Tener 18 años o ser menor con cargas familiares.
2. Estar empadronado en el municipio de Maó.
3. Que al menos un miembro de la unidad familiar esté en el paro, excepto en el caso de las familias monoparentales.
4 Tener unos ingresos limpios anuales, de acuerdo con el número de miembros de la unidad familiar, inferiores a los siguientes, según el número de miembros:
- 2 miembros: 13.411,3 €
- 3 miembros: 17.355,8 €
- 4 miembros: 21.300,3 €
- 5 o más miembros: 25.244,8 €

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento