Ayudas economicas de los servicios sociales en el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcon.

Código de ayuda:

S64891/10

Norma:

Pozuelo de Alarcón, a 22 de noviembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción de personas y familias, con el fin de potenciar su desarrollo y favorecer su autonomía. Así como, asegurar unas condiciones de vida dignas a las personas que carezcan de recursos económicos suficientes y no se encuentren protegidas por otros sistemas de protección pública.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Transporte
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

- Las personas físicas para sí o su unidad familiar, de nacionalidad española o los extranjeros con residencia legal en España, y que estén empadronadas y residiendo en el municipio.

- Con carácter excepcional, podrán también ser beneficiarios de las prestaciones económicas aquellos extranjeros sin residencia legal que se encuentren en una situación de desprotección o en grave riesgo social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Ayudas de Emergencia Social.

B. Ayudas Económicas: Puntuales o Periódicas.

1. Ayudas económica para tratamientos.

2. Ayuda económica para alojamiento en centros.

3. Ayuda económica para ayudas complementarias.

4. Ayuda económica para acondicionamiento de vivienda.

5. Ayuda económica para vivienda.

6. Ayuda económica para manutención.

7. Ayuda económica para transporte.

8. Ayuda económica para becas de guardería.

9. Ayuda económica para medicamentos.

10. Ayuda económica para otros gastos excepcionales.

11. Ayuda económica en especie.

12. Ayuda económica para tratamiento de atención temprana.

Requisitos:

1) Residir y estar empadronado en el municipio.

2) Tener residencia legal en España.

3) Ser mayor de edad.

4) Acreditación de la situación de necesidad.

5) Aportar la documentación exigida en cada caso.

6) Cumplir el baremo establecido.

7) Aceptación por el beneficiario de las condiciones de la intervención social y firma, en su caso del
contrato de apoyo familiar.

8) Cumplir con los requisitos específicos de cada prestación y aportar la documentación requerida
en cada caso.

Documentos asociados

Boletín: 08/12/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 293
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento