Ayudas economicas con destino a la organizacion y celebracion de las fiestas patronales y/o populares a otorgar por el Ayuntamiento.

Código de ayuda:

S49400/14

Norma:

En Villanueva de Oscos, a 26 de septiembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, para las personas o entidades que llevan a cargo la organización, promoción y difusión de fiestas y eventos populares dentro del concejo de Villanueva de Oscos. Las fiestas deben desarrollarse dentro del Concejo y ser de naturaleza popular.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Villanueva de Oscos (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de la subvención vendrá determinada en función del crédito disponible consignado al efecto en la partida correspondiente y de lo recogido en las Bases de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio correspondiente. En concreto se prevé la concesión de las cantidades máximas para la celebración de las siguientes fiestas patronales:

Fiesta de San Juán Regollada en Martúl: 400 €.

Fiesta de Santa Ana en La Garganta: 400 €.

Fiesta de San Antonio en Regodeseves: 400 €.

Fiesta de San Pedro de Salgueiras: 600 €.

Fiesta de Villanueva de Oscos: 1.000 €.

Teniendo en cuenta las cuantías anteriores, en ningún caso la subvención concedida superará ni dichas cantidades ni el 50% del gasto justificado por cada uno de los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

— Para personas físicas: Estar empadronadas en el concejo con una antigüedad mínima de dos años.

— Para asociaciones y comisiones de festejos: Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y desarrollar su actividad en el Concejo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización, promoción y difusión de fiestas y eventos populares dentro del concejo de Villanueva de Oscos.

Requisitos:

Las personas o entidades beneficiarias de subvención deberán hacer constar de forma visible y adecuada en toda información, publicidad o comunicación pública sobre la actividad, que la misma está subvencionada por el Ayuntamiento.

No se considerarán subvencionables aquellas actividades en las que el Ayuntamiento haya participado asumiendo gastos con cargo a su propio presupuesto, directamente o a través de subvenciones en especie.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 251
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento