Ayudas economicas, con caracter de subvencion, para la realizacion de acciones de desarrollo y ordenacion de los bosques en zonas rurales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S05682/13

Norma:

Resolución nº 243, de 1 de marzo de 2013. Orden 4/2006, de 18 de mayo. Resolución nº 1703, de 27 de diciembre de 2013. Resolución 582/2015, de 6 de mayo. Resolución 120/2016, de 15 de febrero. Resolución 122/2017, de 6 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de marzo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el ejercicio 2017 las ayudas para acciones de desarrollo y ordenación de los bosques en zonas rurales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los titulares de los derechos de propiedad, arrendamiento, usufructo o posesión de superficies agrarias, bien sean personas físicas o jurídicas de derecho público o privado, y las agrupaciones. Para formar una agrupación se requerirá que, como mínimo, se agrupen cinco titulares de derechos reales sobre las parcelas agrarias objeto de los trabajos, sin necesidad de constituirse en entidad con personalidad jurídica.

b) Las Entidades Locales propietarias de terrenos o montes de libre disposición.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las líneas de actuación que podrán beneficiarse del régimen de ayudas de la presente Orden son las siguientes:

Línea 1. Restauración de riberas y zonas salinas.

Línea 2. Plantación de chopos.

Línea 3. Tratamientos selvícolas y contra plagas en bosques (clareos o primera clara y poda; resalveos de monte bajo; eliminación mecanizada de residuos forestales y matorral; desbroce mecanizado de matorral; y tratamientos fitosanitarios).

Línea 4. Trabajos y cuidados culturales en choperas (destoconado; laboreos; podas; y tratamientos
fitosanitarios).

Línea 5. Construcción y mejora de vías forestales.

Línea 6. Cortafuegos y puntos de agua.

Línea 7. Redacción de proyectos de ordenación y planes técnicos de montes.

Requisitos:

Para formar una agrupación se requerirá que, como mínimo, se agrupen cinco titulares de derechos reales sobre las parcelas agrarias objeto de los trabajos, sin necesidad de constituirse en entidad con personalidad jurídica.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2006
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/03/2013
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 32
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 17/01/2014
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 7
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 15/05/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 64
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 22/02/2016
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 21
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 22/02/2016
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 21
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/02/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 17
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 10/02/2017
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 17
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento