Ayudas economicas a los estudiantes matriculados en enseñanzas de primer, segundo ciclo, grado y master en la Universidad de Valladolid.

Código de ayuda:

S07600/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2013.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a los estudiantes que cursen cualquiera de las siguientes enseñanzas universitarias.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Universidad de Valladolid (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda a cada beneficiario se determinará en cada convocatoria, si bien su importe no podrá exceder, en ningún caso, del que corresponda abonar al estudiante en concepto de precios públicos por servicios académicos en el curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los estudiantes de la Universidad de Valladolid que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Enseñanzas universitarias adaptadas al espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y Máster.

b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

Requisitos:

a) Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea. En este último caso se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; en todo caso deberán acreditar su condición de residentes, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia.

b) Estar matriculado conforme a lo exigido en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas («B.O.E.» n.º 15, de 17 de enero de 2008), bien respecto alas enseñanzas conducentes al título de Grado y Máster, bien en relación con los estudios conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

c) Con la lógica excepción de quienes se matriculen por primera vez de estudios de grado, los solicitantes deberán haber superado el 60 por ciento de los créditos en los que se hubiesen matriculado si se trata de estudios en enseñanzas técnicas, o el 80 por ciento si se trata de las restantes enseñanzas universitarias, de las referidas en el párrafo anterior.

d) No superar los umbrales de renta y patrimonio familiar establecidos en el real decreto aprobado por la Administración del Estado, para cada curso académico, en relación con sus convocatorias de becas y ayudas al estudio en las enseñanzas descritas en el párrafo b).

Podrá obtenerse la condición de beneficiario de estas ayudas aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 4.5 del Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Documentos asociados

Boletín: 22/03/2013
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 57
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento