Ayudas economicas a la adopcion internacional para adoptantes residentes en la isla de Eivissa.

Código de ayuda:

S17382/10

Norma:

Eivissa, 9 de Marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ofrecer y regular la concesión de ayudas económicas para cubrir los gastos de tramitación y desplazamiento derivados de la adopción internacional.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los adoptantes que habiendo tramitado el expediente de adopción internacional a través del Departamento de Política Social y Sanitaria del Consell Insular de Eivissa, hayan adoptado menores extranjeros a partir del 1 de diciembre de 2009 hasta al 30 de septiembre de 2010, y que cumplan los siguientes requisitos:

· Ser residentes en la isla de Eivissa.

· Estar al corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal, de la Hacienda autonómica y no tener ningún deber exigible con el Consell Insular de Eivissa.

· Estar al corriente de sus obligaciones en la Seguridad Social, para el caso de que sea trabajador por cuenta propia.

· No encontrarse sometido a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005 de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de
subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/03/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento