Ayudas economicas a estudiantes de la Universidad de Oviedo, subvencionadas por personas fisicas o juridicas.

Código de ayuda:

S19900/14

Norma:

Resolución de 8 de mayo de 2014.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de Ayudas Económicas, en régimen de concurrencia competitiva,a estudiantes matriculados en estudios oficiales de la Universidad de Oviedo en las condiciones que establezcan las presentes bases y las respectivas convocatorias.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Universidad de Oviedo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los estudiantes que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Ayuda de matrícula: comprenderá el precio oficial de los servicios académicos universitarios correspondiente a los créditos en que se haya matriculado el estudiante por primera vez.

b. Ayuda de movilidad: gastos derivados del alojamiento de los estudiantes que acrediten la necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante todo el curso académico, por razón de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos.

c. Ayuda para cubrir el desplazamiento diario del estudiante desde su domicilio familiar hasta el centro de estudios.

d. Ayuda para el material educativo.

Requisitos:

1. Poseer nacionalidad española, o la de otro país de la Unión Europea o de terceros países, cuando se acredite la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia temporal.

2. Estar matriculado en estudios oficiales de Grado, Máster o Doctorado, así como en las titulaciones de segundo ciclo con docencia de la Universidad de Oviedo.

3. La convocatoria podrá establecer la exigencia de un número mínimo de créditos superados en el curso anterior y/o matriculados en el actual para conceder las ayudas recogidas en la correspondiente convocatoria.

4. Para la concesión de las ayudas se aplicarán los umbrales de renta y patrimonio familiares que se fijan en cada convocatoria.

La renta familiar a efectos de beca se obtendrá por agregación de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquier naturaleza, calculadas según lo establecido en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2014
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 110
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento