Ayudas dirigidas a programas y servicios especializados de intervención y atención a familia e infancia, para el ejercicio correspondiente al año 2010 - Correción de errores en Anexos

Código de ayuda:

S01137/10

Norma:

ORDEN de 17 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/02/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas para el ejercicio de 2010 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva; dirigidas a los siguientes programas
y servicios especializados, de intervención y atención a familia e infancia:

1. Servicios especializados de atención a la familia e infancia (SEAFI).

2. Servicios especializados de orientación y mediación familiar.

3. Programas de intervención especializada con familias en conflicto y con menores en situación de desprotección.

4. Programas de fomento del recurso de familias educadoras.

5. Programas gestionados por entidades de mediación de adopción internacional

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Entidades locales
Las mancomunidades, las agrupaciones de municipios, las entidades locales propiamente dichas, y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de las mismas, siempre que
hayan sido creadas para intervenir en el campo de la acción social y no tengan carácter mercantil o industrial.

2. Entidades sin fin de lucro
Todas aquellas que no están incluidas en el apartado anterior, independientemente de que la titularidad de dicha entidad sea pública o privada. Se incluyen en este apartado las cooperativas sin fin de lucro
y las entidades de mediación de adopción internacional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Personal: pago de los salarios y Seguridad Social de los profesionales que intervienen en los distintos programas y servicios contemplados en el ámbito de la presente orden.

2. Sostenimiento: otros gastos necesarios para el funcionamiento de estos programas y servicios, excepto los expresamente excluidos.

3. Agrupación de conceptos: si estuviera justificado por las características del programa o servicio, el órgano competente para resolver podrá unificar los conceptos de personal y sostenimiento. No obstante,
con el fin de garantizar que se desarrolle adecuadamente la actuación, la resolución podrá indicar la tipología y el número mínimo de personal subvencionado que ha de atenderla.

Documentos asociados

Boletín: 07/01/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6179
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/01/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6188
Documento: Modificaciónes en anexos Descargar Documento