Ayudas dirigidas a programas y servicios especializados de intervencion y atencion a familia e infancia, para el ejercicio correspondiente al año 2009.

Código de ayuda:

S75573/08

Norma:

ORDEN de 11 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/01/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas para el ejercicio de 2009 mediante el procedimiento
de concurrencia competitiva; dirigidas a los siguientes programas y servicios especializados, de intervención y atención a familia e infancia:

1. Servicios especializados de atención a la familia e infancia (SEAFI’s).

2. Servicios especializados de orientación y mediación familiar.

3. Programas de intervención especializada con familias en conflicto y con menores en situación de desprotección.

4. Programas de fomento del recurso de familias educadoras.

5. Programas gestionados por entidades de mediación de adopción internacional.

6. Programas de promoción de beneficios para las familias numerosas.

7. Programas innovadores de apoyo al acogimiento residencial.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Entidades locales
Las mancomunidades, las agrupaciones de municipios, las entidades locales propiamente dichas, y las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de las mismas, siempre que
hayan sido creadas para intervenir en el campo de la acción social y no tengan carácter mercantil o industrial.

2. Entidades sin fin de lucro.
Todas aquellas que no están incluidas en el apartado anterior, independientemente de que la titularidad de dicha entidad sea pública o privada. Se incluyen en este apartado las cooperativas sin fin de lucro
y las entidades de mediación de adopción internacional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para el pago de los salarios y seguridad social de los profesionales que intervienen en los distintos programas y servicios contemplados en el ámbito de la presente orden.

2. Ayudas para gastos de sostenimiento de estos programas y servicios.

Requisitos:

1. Todas las entidades

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener fin de lucro.

c) Inscripción en el Registro General de los Titulares de Actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana.

– Entidades de titularidad pública: se entienden registradas de oficio estando exceptuadas de acreditar dicho requisito.

– Entidades de titularidad privada: previamente a la concesión de la ayuda tendrán que estar debidamente inscritas en el citado Registro.

d) Cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de
subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la citada Ley 38/2003.

2. Las entidades sin fin de lucro deberán, además

a) Tener como fin primordial en sus estatutos la realización de las actividades a que se refiera el programa o servicio respecto al cual se solicita subvención, o poderse desprender de su actuación general que dicha actividad está entre sus fines.

b) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia necesaria para ello.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5916
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/01/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5943
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento