Ayudas dirigidas a los programas de asistencia y promoción de beneficios destinados a las familias numerosas, para el ejercicio correspondiente al año 2010.

Código de ayuda:

S76919/09

Norma:

ORDEN de 18 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras de concesión de ayudas para el ejercicio de 2010 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, dirigidas a programas destinados a favorecer a las familias numerosas en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas que no tengan finalidad lucrativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las ayudas podrán concederse por los siguientes conceptos:

a) Personal: pago de los salarios y Seguridad Social de los profesionales que intervienen en los programas contemplados en el ámbito de la presente orden.

b) Sostenimiento: otros gastos necesarios para el funcionamiento de estos programas, excepto los expresamente excluidos.

2. Agrupación de conceptos: si estuviera justificado por las características del programa, el órgano competente para resolver podrá unificar los conceptos de personal y sostenimiento. No obstante, con
el fin de garantizar que se desarrolle adecuadamente la actuación, la resolución podrá indicar la tipología y el número mínimo de personal subvencionado que ha de atenderla.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.

2. No tener fin de lucro.

3. Tener como fin primordial en sus estatutos la promoción de beneficios para las familias numerosas, o poderse desprender de su actuación general que dicha actividad está entre sus fines.

4. Tener implantación en la Comunitat Valenciana.

5. Estar inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana, previamente a la concesión de la ayuda.

6. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia necesaria para ello.

7. Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la citada Ley 38/2003.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6172
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento