Ayudas dirigidas a los programas de asistencia y promocion de beneficios destinados a las familias numerosas.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S02382/13

Norma:

ORDEN 17/2012, de 28 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para el ejercicio 2013 mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, dirigidas a programas destinados a favorecer a las familias numerosas en la Comunitat Valenciana.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones concedidas no podrá, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad que han de desarrollar las entidades beneficiarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas que no tengan finalidad lucrativa y las fundaciones de titularidad pública.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Asistencia a las familias numerosas (información, apoyo en los trámites a realizar para cualquier beneficio que puedan obtener, etc.).

b) Promoción y consecución de beneficios destinados a las mismas cualquiera que sea su índole, e independientemente de que se establezcan por las empresas, entidades, la administración, etc.

Podrán subvencionarse los siguientes conceptos:

a) Personal. Salarios y seguridad social del personal profesional que interviene en los programas contemplados en el ámbito de la presente orden.

b) Sostenimiento. Otros gastos necesarios para el funcionamiento de estos programas, excepto los expresamente excluidos.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.

2. No tener fin de lucro.

3. Tener como fin primordial en sus estatutos la promoción de beneficios para las familias numerosas, o bien se desprenda de su actuación general que dicha actividad está entre sus fines.

4. Tener implantación en la Comunitat Valenciana.

5. Estar inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana, previamente a la concesión de la ayuda.

Salvo las fundaciones de titularidad pública que se encuentren exceptuadas del requisito de
la inscripción.

6. Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la citada Ley 38/2003.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6952
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento