Ayudas dirigidas a las asociaciones empresariales para actividades de promocion de las ventas.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S02637/12

Norma:

ORDEN de 31 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la concesión de subvenciones a las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector del comercio de la Comunidad de Madrid que, con la participación directa de las pequeñas y medianas empresas integradas en las mismas, desarrollen campañas o actuaciones de promoción del pequeño comercio encaminadas a la dinamización del comercio de proximidad, la promoción de sus ventas, la comercialización de sus productos y la fidelización y/o atracción de clientes en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía mínima de gastos subvencionables será de 12.000 euros (IVA excluido).

La cuantía de las ayudas se determinará aplicando un porcentaje de un 50 por 100 sobre el presupuesto aprobado y aceptado por la Dirección General de Comercio, excluido todo tipo de impuestos, con un límite máximo de 20.000 euros de subvención por beneficiario.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector del comercio de la Comunidad de Madrid que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización y realizacion de actividades promocionales mediante folletos, carteles, publicidad en mobiliario urbano, en medios transporte o de difusión masiva, así como los derivados de la difusión mediante los medios tecnológicos más avanzados, siempre que estén vinculados a actividades promocionales de dinamización del comercio de proximidad, promoción de las ventas e incentivación
del consumo, singularmente ferias-mercados y exposiciones comerciales o a eventos promocionales claramente localizados y a realizar en fechas determinadas, así como la realización de campañas promocionales cuya finalidad sea promover las ventas directas, fidelizar y atraer a los consumidores para potenciar el comercio tradicional.

Requisitos:

a) Que estén constituidas como entidades sin ánimo de lucro, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.

c) Que mayoritariamente agrupen empresarios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes); 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente); 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las asociaciones, federaciones y confederaciones del sector del comercio en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 20
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento