Ayudas dirigidas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S19700/25

Norma:

Resolución de 20 de junio de 2025. Orden de 22 de diciembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de esta convocatoria plurianual, con arreglo al régimen de concesión previsto en el artículo 22 de la ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, convocar las ayudas para 2025 a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Economía, Hacienda y Empresa (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 60% y un importe máximo por beneficiario de 30.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de
los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes derivados de desplazamientos de la empresa a los mercados objetivo para la realización de las
acciones contempladas en su plan de internacionalización.

b) Costes vinculados a la participación, de forma agrupada o individual, en ferias, eventos expositivos y
promocionales de carácter internacional.

c) Costes relacionados con las acciones de marketing internacional.

d) Gastos de registros de marcas y patentes, propiedad industrial, registros sanitarios, certificación de productos y similares en los mercados objetivos del plan de internacionalización.

e) Compra de pliegos y traducción de documentos directamente relacionados con procesos de contratación
pública internacional.

f) Costes derivados de puesta en marcha de una oficina representación en el exterior.

g) Costes indirectos, 5% de la suma de costes aprobados y comprobados.

Requisitos:

Los beneficiarios se comprometen a que los planes de internacionalización cumplan con los siguientes requisitos:

a) No haber sido ejecutado y pagado en más de un 60% el gasto aprobado y justificado del plan de internacionalización antes de la fecha de presentación de la solicitud, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 2 del artículo 19.

b) No se considerarán elegibles aquellos proyectos que impliquen un desplazamiento o sustitución de una instalación existente en la Región de Murcia o una disminución de su plantilla en la Región de Murcia como consecuencia de la implantación en el exterior de la beneficiaria.

c) Para que un proyecto de internacionalización pueda ser objeto de subvención el total de los gastos elegibles del mismo deberá ser de, al menos, 10.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2023
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 298
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/07/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 149
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 01/07/2025
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 149
Documento: Modificación Descargar Documento