Ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S30882/16

Norma:

Orden ECD/1345/2016, de 3 de agosto. Resolución de 20 de octubre de 2016. Resolución de 29 de diciembre de 2016. Resolución de 7 de diciembre de 2016. Resolución de 19 de enero de 2017. Resolución de 20 de enero de 2017. Resolución de 23 de enero de 2017. Resolución de 10 de febrero de 2017. Resolución de 9 de febrero de 2017. Resolución de 17 de febrero de 2017. Resolución de 1 de marzo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de marzo de 2017. Consultar programa.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años que cumplan los requisitos del sistema de Garantía Juvenil y no tengan ninguna ocupación laboral.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas del sector del gran consumo:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cuatro mil euros (4.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector (Ayuntamiento Santander):

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en CINCO MIL EUROS (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90 % del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector (DELOA):

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en CUATRO MIL EUROS (4.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector. (Diputación Provincial de Ourense):

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cinco mil euros (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas del sector logístico, agroalimentario y turístico o bien con procesos de internacionalización en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cuatro mil euros (4.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cinco mil (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas del sector de explotaciones agrarias e industrias agroalimentarias, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en tres mil euros (3.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector para puestos de trabajo vinculados a actividades comerciales y de marketing, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en cuatro mil quinientos euros (4.500,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90% del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Subvenciones para la realización de contratos de jóvenes de más de dieciséis años y menores de treinta años, para empresas de cualquier sector, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación reglada puedan recibir una oferta de empleo del Programa Operativo de Empleo Juvenil:

La cuantía individualizada máxima de subvención para esta convocatoria se establece en CINCO MIL EUROS (5.000,00 €) por contrato, no pudiendo superar este importe el 90 % del coste laboral total del contratado que sea subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A los efectos de estas bases, podrán tener la condición de beneficiarios y beneficiarias de las correspondientes convocatorias, en los términos que las mismas establezcan, y siempre que cumplan con los requisitos y condiciones exigidos en cada caso, las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc.) que, en su condición de empleadoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en estas bases realicen contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

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